martes 20 de mayo de 2025

Bien de Familia: más vecinos accedieron a este régimen provincial

29 de septiembre de 2016 - 00:00

La inscripción de inmuebles como Bien de Familia permite proteger patrimonialmente al núcleo familiar y resguardar a la propiedad de una posible ejecución por deudas. En este sentido, el Municipio realiza este trámite sin cargo a través de la Asesoría Letrada teniendo en cuenta que en los últimos años fueron muchos los vecinos que se vieron beneficiados con este programa provincial. 

“Esto significa que una propiedad inscripta bajo este programa puede ser embargada pero no ejecutada por deudas cuyo origen sea posterior a su inscripción como tal, exceptuándose de esta regla todas las deudas propias del inmueble tales como expensas comunes e impuestos”, añadieron. De acuerdo a lo manifestado, “la normativa entiende como familia a la integrada por el propietario, su cónyuge, descendientes incluyendo los adoptivos y ascendientes”, se indicó.

 

Beneficiarios 

“Se informa además que a los efectos de cumplimentar la entrega formal del trámite, los mencionados deberán presentarse con Documento Nacional de Identidad y escritura del bien a afectar, en Asesoría Letrada del Municipio de Pergamino,   Echevarría 707, cuarto piso, de 9:00 a 12:00”, indicaron. Esta tramitación es una de las que mayor cantidad de personas convoca mensualmente. 

Ayer se dieron a conocer los nuevos beneficiarios y son: Pamela Brígida Aguila; Leonardo Silvio Alberti; Juan José Bassi; Mario Germán Bernaus; Mario Bontempo y Zulma Giles; Oscar Jesús Fernández y Liliana Castagna; Ricardo Jacinto Fernández, Mariano Giles y María Florencia Murisengo, Malvina Romina Lagamma; Esteban Ramón Ledesma y Marta Beatriz Marecos, María Cecilia López y Pablo Sebastián Garrone, Juan Angel Ramallo, Laura Rita Rocca, Nélida Clotilde Sierra, Raúl Villarreal y María Inés Borasi.

 

Los trámites 

Los interesados en iniciar este trámite de afectación del inmueble como “Bien de Familia” deberán acercarse de lunes a viernes en el lugar y horario antes señalado, donde un equipo de trabajo municipal asesorará y recibirá la documentación para iniciar las gestiones en el organismo provincial elegido.  

 

“La documentación que se tendrá que presentar es original y fotocopias simples del DNI, LE, LC, CI (Mercosur) de titular/es; testimonio/s del título de dominio inscripto (escritura, declaratoria de herederos, adjudicación, subasta, etcétera); además  se deberá acreditar el vínculo de familia entre titular/es y beneficiarios designados teniendo en cuenta que el cónyuge tendrá que mostrar la partida o libreta de matrimonio del titular; por su parte, los hijos tendrán que exponer partida de nacimiento del beneficiario o libreta de matrimonio del titular con nacimiento inscripto”. 

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