sábado 09 de mayo de 2026

Mariano Cúneo Libarona apeló la sentencia al médico condenado por estafar al hermano y otros colegas

Mariano Cúneo Libarona estuvo en los Tribunales de Pergamino para apelar el fallo del juez Salguero y lo resolverá la Cámara de Junín.

9 de mayo de 2026 - 15:38

Fuentes judiciales confirmaron a Diario LA OPINION que el recurso fue presentado en las últimas horas ante el juzgado del magistrado Alejandro Salguero, quien semanas atrás condenó a Garasa a tres años de prisión de ejecución condicional por administración fraudulenta y desbaratamiento de derechos acordados.

Cúneo Libarona apela la condena al médico por estafa al hermano

La intervención de Cúneo Libarona se produjo en reemplazo de la abogada Laura Abal, quien había ejercido la defensa técnica del profesional durante toda la instrucción penal y el juicio oral.

De acuerdo con voceros tribunalicios, la causa será remitida ahora a la Cámara de Apelación y Garantías para resolver el planteo defensivo. Sin embargo, debido a que la Cámara de Pergamino ya emitió opinión sobre el expediente cuando revocó una suspensión de juicio a prueba concedida anteriormente a Garasa, el incidente será analizado por camaristas del Departamento Judicial Junín.

La condena había sido dictada tras un extenso proceso impulsado por el fiscal Nelson Mastorchio y los abogados querellantes Leonardo Fej y Karen Solmi, quienes representaron a los particulares damnificados y quedaron conformes con el veredicto, motivo por el cual no presentaron apelaciones.

El fallo consideró acreditado que Garasa perjudicó económicamente a su hermano y a otros médicos que habían invertido dinero para desarrollar un proyecto sanitario privado en Pergamino, inicialmente concebido como el Instituto Cardiovascular Pergamino S.A. y posteriormente vinculado a la firma Clínica Héctor Manuel Garasa S.A.

Según la sentencia, el médico desplazó a los socios originales mediante la creación de una nueva estructura societaria denominada Integra Medicina Privada S.A., que comenzó a explotar el mismo edificio y la infraestructura financiada con aportes de los denunciantes.

El juez Salguero calificó la maniobra como una administración fraudulenta y consideró probado que los inversores fueron excluidos del emprendimiento una vez finalizadas las obras y puesta en funcionamiento la clínica.

Además de la condena penal, el magistrado impuso reglas de conducta innovadoras, entre ellas la prohibición de integrar o administrar nuevas sociedades comerciales durante el plazo de la condena.

Además de la condena penal, el magistrado impuso reglas de conducta innovadoras, entre ellas la prohibición de integrar o administrar nuevas sociedades comerciales durante el plazo de la condena.

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Las Más Leídas

Te Puede Interesar