La Justicia hizo lugar a una medida cautelar de no innovar y ordenó la suspensión inmediata de las obras que se realizaban en la zona de Costa Pobre, en Ramallo. La resolución judicial responde a una causa penal iniciada por vecinos y organizaciones ambientales ante la falta de autorizaciones legales y estudios de impacto ambiental.
Revés judicial que frenó las obras en Costa Pobre
La resolución dispone el cese total de desmontes y movimientos de suelo hasta tanto se presenten y aprueben las autorizaciones correspondientes. Entre ellas, la Declaración de Impacto Ambiental exigida por la Ley Provincial N° 11.723, la Ley de Bosques Nativos y demás normativas provinciales y nacionales vigentes para emprendimientos de gran escala.
Falta de Audiencia Pública y presuntas irregularidades legales
La normativa ambiental establece que la Evaluación de Impacto Ambiental debe incluir obligatoriamente una Audiencia Pública previa. En el caso de Ramallo, dicha instancia nunca fue convocada, lo que vulnera el derecho ciudadano a la información y participación, y refuerza la ilegalidad del avance de las obras en un área reconocida como bosque nativo y humedal.
Reclamo vecinal y responsabilidad del Municipio de Ramallo
La medida cautelar fue impulsada por vecinos de Costa Pobre junto a Unidos por la Vida y el Medio Ambiente, quienes denunciaron amenazas, hostigamientos y riesgos ambientales. La Justicia consideró la gravedad de los hechos y el peligro en la demora, mientras que el fallo pone en foco la responsabilidad del Municipio por permitir el avance del proyecto sin los controles ambientales obligatorios.