No fueron aprobados muchos de los pedidos de la Defensoría. Autoridades del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal de la ciudad mantendrán una reunión con los concejales sobre este tema. A nivel provincial, se espera un fallo de la Suprema Corte que actúe como guía para los jueces a la hora de decidir por alguna modalidad de detención fuera de los penales.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires quedó el viernes pasado en condiciones de dictar un fallo sobre el fondo de la cuestión controvertida relativa a las prisiones domiciliarias otorgadas a causa del avance del coronavirus y el peligro que representaría un contagio masivo en el sistema carcelario existente.
Se estima que este escrito establecerá un criterio común que actuará como guía para que los jueces bonaerenses actúen al disponer morigeraciones a las penas privativas de la libertad, tales como prisiones domiciliarias con control policial y/o monitoreo mediante pulseras electrónicas.
La controversia se generó por la resolución dictada por el juez y vicepresidente del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, Víctor Violini; en el marco del Habeas Corpus Nº 102.555 por el cual hizo lugar parcialmente al planteo efectuado por el defensor del Tribunal de Casación, Mario Luis Coriolano, junto con los defensores generales Omar Ozafrain (La Plata), Cecilia Boeri (Mar del Plata), Gerardo Moreno (Necochea), Karina Dib (Zárate-Campana), Andrés Harfuch (San Martín), Noemí Pérez (Quilmes), Mariano Bertelotti (Mercedes), Gustavo Linde (Moreno-General Rodríguez), Daniel Arias Duval (Dolores), Germán Bauche (Lomas de Zamora), Marcelo García (La Matanza), Germán Kiefl (Bahía Blanca) y el secretario de la Comisión Provincial por la Memoria “Roberto Cipriano García” en su calidad de “Amicus Curiae”.
En dicha resolución, Violini hizo lugar, durante el período de vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Aspo) decretado por el Poder Ejecutivo Nacional, al arresto domiciliario de las personas detenidas por la comisión de delitos leves y que se encuentren en situación de riesgo por edad o por patologías preexistentes, sean mujeres embarazadas o madres con hijos menores alojados en las unidades penitenciarias.
Delitos graves
A su vez, dispuso que respecto de las personas que se encuentren en situación de riesgo pero estén imputadas o condenadas por delitos graves, su situación sea analizada por el juez o tribunal que entienda en sus causas, siendo dichos magistrados los encargados de evaluar la necesidad u oportunidad de disponer una medida de arresto domiciliario resguardándose la integridad psicofísica de la víctima, o bien asegurando el aislamiento sanitario dentro de la Unidad Penitenciaria donde se encuentren alojados.
Dicha resolución fue impugnada por el fiscal ante el Tribunal de Casación, Carlos Altuve, habiendo obtenido un fallo favorable por parte de la Suprema Corte quien decidió suspender la aplicación de la resolución de Violini respecto de los casos que se planteen en lo sucesivo.
Un criterio que unifique
Ahora resta que el máximo tribunal se expida sobre la situación de las personas privadas de su libertad que obtuvieron el beneficio del arresto domiciliario por la pandemia del Covid-19 en virtud de la aplicación de la resolución de Víctor Violini.
Recordemos que en el mes de abril se produjeron numerosas detenciones domiciliarias y que en algunos casos el beneficio alcanzó a acusados de delitos graves, generando indignación en parte de la población.
Antes de tomar la decisión final, la Suprema Corte requirió dictámenes al procurador general, Julio Conte-Grand y al defensor de casación, Mario Coriolano.
El procurador general solicitó que se revocara aquella decisión primigenia de Violini en sintonía con los fundamentos del fiscal de Casasión, Altuve, basando dicha postura en la “vulneración de la garantía del juez natural” y violación de los derechos de las víctimas, expresando que se trataba de una “sentencia arbitraria”.
En sentido inverso, Coriolano manifestó que es “imprescindible” que la Corte bonaerense dicte una norma para “fortalecer” el hábeas corpus por los presos que se hallan detenidos en condiciones totalmente insalubres y agregó que ese recurso “debe seguir su curso ante los jueces naturales, sin obstáculos por parte del Ministerio Público Fiscal, quienes por el contrario deben acompañar las necesidades de morigeraciones y libertades, dentro de los marcos legales” agregando que “no existe un caso de gravedad institucional ni tampoco se configura un cuadro de masivas libertades”.
Asimismo, remarcó que el criterio de resolución del Tribunal de Casación no implica la concesión de arrestos domiciliarios “en forma directa” sino que exige “una decisión de cada magistrado particular a cuya disposición se encontraba cada una de las personas detenidas, previo a analizar si el tipo de delito y los antecedentes sanitarios para corroborar si la persona pertenecía a un grupo de riesgo”.
Sostuvo que “hasta en los casos de delitos leves se requería necesariamente de un juicio valorativo del juez de la causa, es decir, un mínimo proceso de conocimiento en el que se debatiera sobre el carácter del delito y sobre la acreditación de los presupuestos sanitarios”.
En definitiva, Coriolano pidió que se rechace el recurso presentado por los fiscales y que la Corte dicte una “norma práctica” que ordene la situación de los hábeas corpus individuales.
Situación local
Por otra parte, el próximo miércoles 13 de este mes por la mañana los doctores Guillermo Burrone, presidente del Tribunal Oral Criminal; Martín Morales, presidente de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal y Mario Daniel Gómez, fiscal general, mantendrán una reunión con concejales de nuestra ciudad de las distintas bancadas políticas que integran el Concejo Deliberante a fin de brindar datos precisos y estadísticas relativas a las detenciones domiciliarias otorgadas en el Departamento Judicial Pergamino.
Según trascendidos del ámbito tribunalicio local, en nuestra ciudad fueron muy pocos los casos en los que estas prisiones domiciliarias se hicieron efectivas ya que, si bien la defensa oficial habría interpuesto varios pedidos de arrestos bajo esta modalidad, los mismos fueron rechazados en su gran mayoría por los jueces intervinientes.