domingo 05 de abril de 2026

El padrastro estaba enamorado de la adolescente que abusaba y le pedía noviazgo

El sujeto le decía a la adolescente que la amaba, que "se derretía" al verla y que quería que pasaran una vida juntos.

5 de abril de 2026 - 07:15

Condenaron a 11 de prisión, con arresto domiciliario hasta que quede firme la sentencia, al padrastro que abusaba sexualmente de la hija de su pareja, le hacía declaraciones de amor y la celaba si se juntaba con chicos.

El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Pergamino dictó un veredicto condenatorio contra este sujeto, imponiéndole una pena mayor a los diez años.

1-Condenaron al padrastro por abuso sexual
Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal 1: Ignacio Uthurry, Marcela Santoro y Guillermo Burrone condenaron al padrastro.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal 1: Ignacio Uthurry, Marcela Santoro y Guillermo Burrone condenaron al padrastro.

Los jueces Marcela Santoro, Ignacio Uthurry y Guillermo Burrone, por unanimidad, sentenciaron a este individuo, quien llegó a juicio oral tras la instrucción y acusación del fiscal Fernando D’Elío (UFIyJ N°7) y desnudó un escalofriante escenario de manipulación, "enamoramiento" obsesivo y vejámenes contra la hija de su pareja.

El "enamoramiento" y la manipulación

Uno de los aspectos más distintivos del debate fue la acreditación del discurso que el sujeto utilizaba para someter a la adolescente, quien tenía 16 años al momento de los hechos denunciados.

La víctima declaró que el acusado le manifestaba abiertamente que "se había enamorado de ella".

A través de testimonios y la reproducción de audios durante las audiencias, se revelaron frases y comportamientos específicos del agresor que acreditaron esta manipulación a la adolescente.

Declaraciones de afecto obsesivo: el sujeto le decía que la amaba, que "se derretía" al verla y que quería que pasaran una vida juntos.

Le hacía una justificación del vínculo familiar diciéndole que sólo permanecía en pareja con la madre de la joven para poder estar cerca de ella.

Le anulaba la voluntad de la adolescente porque durante los actos de abuso sexual con acceso carnal, ante la resistencia de la menor, el imputado le espetaba: "¡Ya sé que no querés, pero no me importa!".

Le hacía actos de control y planteos de celos. La celaba constantemente, prohibiéndole tener novio o salir con amigas, y la acusaba de ser "una puta" si intentaba tener autonomía.

Pruebas en el debate

El fiscal Fernando D´Elío logró reconstruir con "certeza absoluta" la sistematicidad de los abusos ocurridos en la vivienda del barrio Villa Progreso. El accionar del sujeto comenzó con besos en la boca y escaló hacia el acceso carnal.

Los episodios en los que perpetró los abusos ocurrieron en distintos ambientes de la casa y el agresor sexual se aseguraba que dentro de la propiedad no hubiera ningún otro morador mientras ocurrían.

En dos oportunidades fueron claras las maniobras que puso en práctica para evitar que el hermano menor de la víctima estuviera dentro de la residencia.

En diciembre de 2022, mandó al hermano menor de la adolescente a hacer compras para quedar a solas. La abusó sexualmente en la cama hasta que fue interrumpido por el regreso del niño.

En la cocina, inmediatamente después de lo anterior, tras obligar al pequeño a irse a la casa de enfrente y perpetró un nuevo acceso en perjuicio de la chica.

¿Qué hizo la madre?

El veredicto también dejó en evidencia la desprotección de la víctima en su propio hogar. La joven relató que su madre no sólo no le creía, sino que la maltrataba físicamente y permitía los insultos del padrastro.

Incluso después de iniciada la causa penal en 2023, la progenitora intentó forzar a la chica a retirar la denuncia.

Según el testimonio de la jovencita, su mamá la llevó ante una abogada de menores obligándola a mentir y decir que los hechos no habían ocurrido para que el padrastro no fuera preso, asegurándole que "no la molestaría más".

Detalles de la Condena

Los jueces Santoro, Uthurry y Burrone consideraron al padrastro autor penalmente responsable de los delitos de: “Abuso sexual simple agravado por el aprovechamiento de la convivencia preexistente” y de dos hechos de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, en concurso real entre sí”, tal como surge del fallo conocido estos días por el Tribunal Oral en lo Criminal 1.

Además de la pena de 11 años de prisión, el fallo dispuso que, una vez que la sentencia quede firme, se realice la toma de muestras biológicas para inscribir el perfil genético del condenado en el Banco de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires. Actualmente, El sujeto permanece bajo la modalidad de arresto domiciliario hasta que el fallo quede firme.

Es importante destacar que los montos de pena establecidos en las sentencias de casos de abusos sexuales se cumplen enteros sin posibilidades de acortar los períodos por beneficios judiciales.

Declaración de la víctima

La joven ha sufrido los abusos sexuales por parte de su padrastro durante la adolescencia y actualmente es mayor de edad.

Al ser mayor de 18 años pudo brindar su testimonio en el juicio oral sin necesidad de recurrir a la Cámara Gesell que le hicieron durante la instrucción judicial.

Al declarar ante los integrantes del Tribunal respondió a las preguntas de los jueces, del fiscal D´Elío y del abogado defensor Rodrigo Cuellar Aliaga.

La mujer destacó como las agresiones sexuales fueron teniendo avances progresivos; donde se fueron corriendo límites más allá de lo permitido. Comenzó con besos y culminó con el acceso carnal.

El contenido de la declaración en la audiencia de debate del juicio oral fue igual al testimonio en el dispositivo de Cámara Gesell durante la instrucción judicial.

La chica es hija de una mujer entrerriana; quien la concibió de una relación que tuvo con su padre biológico en la localidad de Villaguay. Ese matrimonio tuvo una separación y la mamá al entrar en una relación sentimental con un pergaminense se vino a vivir en pareja junto a los hijos en Pergamino.

La madre para intentar llevar argumentos en favor del padrastro es que manifestó que la adolescente habría denunciado al sujeto para irse a vivir con el papá biológico; pero esa hipótesis fue descartada por los jueces.

Crónica sintetizada

El juez Ignacio Uthurry al momento de reconstruir lo ocurrido lo materializó en una crónica sintetizada en el fallo y los jueces Santoro y Burrone adhirieron por unanimidad. Durante el transcurso del año 2022, en el marco de una relación signada por la manipulación y el maltrato psicológico, este sujeto aprovechándose de la convivencia previa, abusó sexualmente de la adolescente, quien por entonces tenía 16 años de edad y era hija de su pareja. El accionar del padrastro se fue desarrollando paulatinamente y en diversas oportunidades besó en la boca a la niña. Con ese contexto, un día de ese año que el sujeto se encontraba a solas con la jovencita en la vivienda vulneró la integridad sexual. Luego se sucedieron otros episodios similares; de acuerdo a lo que consideraron acreditado en el veredicto condenatorio.

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