lunes 02 de junio de 2025

Condenaron al sujeto que abusó sexualmente de la sobrina y a la tía cómplice por sujetarla y callarla

El Tribunal Oral en lo Criminal 1 condenó a 11 años de prisión a un individuo (42) por abusar de su sobrina adolescente y nueve años para su esposa (46) por colaborar en el crimen sosteniendo a la menor y obligándola a que permaneciera callada. Los jueces Marcela Santoro, Guillermo Burrone e Ignacio Uthurry fallaron en la causa del fiscal Mastorchio.

31 de mayo de 2025 - 14:12

El Tribunal en lo Criminal N° 1 condenó a una pareja por abuso sexual agravado en perjuicio de una adolescente de 15 años. El hecho ocurrió en 2021 en la vivienda familiar de los condenados que quedó demostrado actuaron con casi el mismo nivel de responsabilidades en lo ocurrido.

Dictamen

Así, los jueces dictaron una condena ejemplar contra los integrantes de un matrimonio quienes fueron sentenciados a penas de prisión efectiva por un delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, cometido contra la sobrina de 15 años.

El Tribunal en lo Criminal N° 1, integrado por los jueces Guillermo Burrone, quien presidió el juicio, Marcela Alejandra Santoro e Ignacio Uthurry, concluyó tras un exhaustivo proceso oral y público que ambos imputados participaron activamente en el abuso cometido durante la madrugada del 11 de enero de 2021, en el domicilio ubicado en calle Saucedo de nuestra ciudad.

La chica concurrió a la casa de los tíos a participar de la celebración del cumpleaños de su primo. A la adolescente la invitaron a quedarse a dormir tras la celebración nocturna para que no regresara sola a su casa. Por ese motivo lograron acreditar la figura de guardadores para la pareja de condenados. La víctima, se encontraba bajo la guarda momentánea de la pareja esa noche.

el hecho

La adolescente participó de la celebración del cumpleaños y en un momento se fue a acostar a una cama de la habitación de sus primas porque se sentía descompuesta. Una vez que todos los moradores estaban durmiendo, la tía acudió a buscarla a la cama donde ella se encontraba acostada. La mujer, quien al momento de lo ocurrido tenía 41 años, la trasladó al baño de residencia y la hizo tomarse una ducha para estar higienizada.

Luego la llevó hasta la habitación matrimonial y cerró con llave para quedar los integrantes de la pareja de adultos solos con la menor de edad. El sujeto, que en esa jornada de lo ocurrido tenía 37 años, es el tío materno de la víctima, quien era una adolescente de 15 años.

La muchachita quedó totalmente desprotegida con los dos adultos moradores del edificio familiar donde ocurrió el episodio más traumático de su vida que la dejó conmocionada hasta la actualidad que tiene 20 años.

El aberrante rol de la tía

sentencia juicio oral a los tios por el abuso a la sobrina adolescente de 15 anos 001.jpg
Juicio oral presidido por los jueces Guillermo Burrone, Marcela Santoro e Ignacio Uthurry; donde la acusación estuvo a cargo del fiscal Nelson Mastorchio.

Juicio oral presidido por los jueces Guillermo Burrone, Marcela Santoro e Ignacio Uthurry; donde la acusación estuvo a cargo del fiscal Nelson Mastorchio.

El sujeto perpetró el abuso contra la hija de su hermana de la forma más repudiable, pero la mujer adulta, también tía de la menor, prestó una colaboración lamentablemente clave para que se pudieran concretar esos vejámenes.

Según la sentencia, el sujeto accedió carnalmente a la adolescente mientras su esposa la inmovilizaba sujetándole las manos y le exigía que guardara silencio y “disfrutara”.

La calificación agravada del delito se fundamentó en la calidad de guardadores, dado que tenían el deber de protección y cuidado sobre la menor.

Durante el juicio, la Fiscalía N° 3, representada por el fiscal Nelson Mastorchio y la instructora judicial María José Suárez, presentaron pruebas contundentes, incluyendo el testimonio de la víctima y de su madre, además de informes médicos y psicológicos que confirmaron el abuso.

El tribunal condenó al hombre a once años de prisión y a la esposa a nueve años como partícipe necesaria, considerando que su intervención fue indispensable para que el delito se consumara, y en ambos casos ordenó el cumplimiento efectivo de la pena.

Además, la sentencia incluyó medidas de reparación integral para la víctima y garantías orientadas a prevenir la repetición de hechos similares, en línea con las normativas nacionales e internacionales sobre derechos de la niñez y la perspectiva de género.

Este fallo, pone de relieve la atención judicial sobre delitos sexuales intrafamiliares, enfatizando la importancia de brindar respuestas contundentes ante casos de violencia que afectan a personas en situación de vulnerabilidad.

El debate oral fue muy intenso y a la acusación fiscal se opusieron los defensores de los integrantes de la pareja.

Fiscal Nelson Mastorchio

La acusación fue sostenida por el fiscal Nelson Mastorchio, quien destacó la contundencia de las pruebas reunidas y el valor del fallo dictado. “La Fiscalía está conforme con el trabajo realizado y con la investigación llevada adelante por la instructora judicial María José Suárez. Fue un debate intenso donde se discutió principalmente la autoría, ya que la defensa sostuvo la inexistencia del hecho y presentó testigos, incluso a los hijos del matrimonio imputado, que en su momento eran primos hermanos de la víctima”, explicó el fiscal.

A pesar de esa estrategia defensiva, el tribunal dio por acreditada la hipótesis de la acusación. “La víctima quiso declarar, y su testimonio fue coincidente con lo que dijo en Cámara Gesell cuando tenía 15 años. Los peritos psicólogos que la evaluaron y el profesional que participó en esa declaración también ratificaron la credibilidad de su relato. Dijeron que era coherente, sin contradicciones y libre de vicios”, detalló Mastorchio.

El fiscal remarcó que no existía conflicto previo entre la víctima y los imputados que pudiera motivar una denuncia falsa. “No había ánimo de venganza ni animosidad. Había una buena relación entre la joven y sus tíos, y también entre sus padres y los imputados. Lamentablemente, lo que ocurrió fue real, tal como lo relató la víctima”, señaló.

Uno de los aspectos destacados del fallo fue la pena impuesta a la mujer, que no fue autora del abuso pero tuvo un rol directo en el hecho. “Es uno de los pocos casos en los que se impone una pena tan alta a una partícipe necesaria, como si se tratara del autor material. La tía recibió nueve años porque actuó de forma activa: no dejó que la menor pudiera moverse o escapar mientras era sometida”, afirmó Mastorchio.

En cuanto al autor del abuso, fue condenado a once años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado. “Es una pena que consideramos adecuada. El tribunal hizo una valoración muy seria y comparativa de todos los testimonios, y su fallo se apoyó en la base de nuestra acusación desde el comienzo hasta el final. Por eso estamos satisfechos”, concluyó el fiscal.

La sentencia fue dictada por unanimidad por los tres jueces del Tribunal Oral en lo Criminal, quienes consideraron acreditada la acusación en todos sus términos.

Finalmente, el fiscal destacó la importancia de que la víctima haya podido contar su historia y que haya sido escuchada. “Después de tantos años, llegar a esta instancia es una forma de hacer justicia. Sabemos que estos procesos no borran lo vivido, pero sí pueden traer algo de alivio cuando la Justicia reconoce el daño sufrido. En este caso, fueron muchas las personas que le creyeron, y finalmente también lo hizo el Tribunal”, concluyó Mastorchio.

Embed - Diario LA OPINION on Instagram: "El Tribunal Oral en lo Criminal 1 condenó a 11 años de prisión a un individuo (42) por abusar de su sobrina adolescente y nueve años para su esposa (46) por colaborar en el crimen sosteniendo a la menor y obligándola a que permaneciera callada. Los jueces Marcela Santoro, Guillermo Burrone e Ignacio Uthurry fallaron en la causa del fiscal Mastorchio. Lee la nota completa en www.laopinionline.ar"
Embed - Condenaron al sujeto que abusó... - Diario La Opinión

Condenaron al sujeto que abusó sexualmente de la sobrina y a la tía cómplice por sujetarla y callarla El Tribunal...

Publicada por Diario La Opinión en Sábado, 31 de mayo de 2025

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Las Más Leídas

Te Puede Interesar