domingo 07 de junio de 2026

Condenaron a un colonense que abusó sexualmente de una mujer cuando era menor de edad

El fallo aplicó una doble perspectiva de género y niñez y ordenó su inmediata detención bajo arresto domiciliario a un reconocido ciudadano de Colón.

7 de junio de 2026 - 09:29

El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 1 de Pergamino condenó a César Ricardo García, de 78 años, a la pena de 9 años y 8 meses de prisión tras ser hallado culpable de abuso sexual con acceso carnal, corrupción de menores y tenencia de pornografía infantil.

Los hechos ocurrieron en la localidad de Colón y se extendieron durante varios años.

El veredicto fue el resultado de una minuciosa investigación liderada por la fiscal de Colón, Magdalena Brandt, titular de la UFIJ Descentralizada 1 de esa ciudad.

Susana Gandolfo magdalena Brandt Gabriel Briñon
En la foto de izquierda a derecha: La secretaria Susana Gandolfo, la fiscal Magdalena Brandt y el secretario Gabriel Brión.

En la foto de izquierda a derecha: La secretaria Susana Gandolfo, la fiscal Magdalena Brandt y el secretario Gabriel Brión.

La clave del caso radicó en el análisis de los dispositivos electrónicos secuestrados al imputado, de los cuales los peritos informáticos lograron recuperar evidencia digital determinante.

Además, el proceso sumó testimonios fundamentales y peritajes psicológicos que permitieron reconstruir el contexto de vulneración de derechos que sufrieron las víctimas menores de edad, a lo largo del tiempo, sustentando con solidez la acusación.

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La jueza Marcela Santoro dictó un veredicto condenatorio con doble perspectiva: de género y de infancia.

La jueza Marcela Santoro dictó un veredicto condenatorio con doble perspectiva: de género y de infancia.

Por su parte, la jueza Marcela Santoro, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal 1, consideró acreditados los delitos de abuso sexual con acceso carnal, corrupción de menores y tenencia de material de representación sexual de menores de edad, y no obstante que declaró extinguida por prescripción la acusación por producción de dicho material debido al tiempo transcurrido previo a un cambio en la ley, ello no alteró la gravedad de la pena principal.

El fallo fue la culminación exitosa de una investigación compleja y sostenida en el tiempo, la que demandó la intervención coordinada de la fiscalía, profesionales especializados, peritos y organismos técnicos.

Uno de los aspectos más relevantes de la investigación estuvo vinculado al análisis de dispositivos electrónicos y las pericias informáticas realizadas que permitieron recuperar evidencia digital que fue considerada especialmente por la magistrada al momento de valorar la prueba producida.

Enfoque de género y prevención

Al momento de fijar la condena, la Justicia ponderó la gravedad de los delitos y el daño prolongado a las víctimas. Siguiendo los estándares internacionales de derechos humanos, el fallo también ordenó la obligatoria inclusión de García en programas especializados para el abordaje de conductas violentas.

Fuentes judiciales destacaron que, pese a las dificultades habituales de este tipo de causas —donde el paso del tiempo suele debilitar las denuncias—, el uso de tecnología de ultima generación para el tratamiento y recuperación de evidencia digitaly el trabajo interdisciplinario resultaron vitales para romper el secreto y alcanzar la condena.

Dada la magnitud de la pena impuesta, el Tribunal ordenó la inmediata detención del condenado.

La víctima declaró

German Brescovich Joaquin Fraga
Los abogados Germán Brescovich y Joaquín Fraga estuvieron a cargo de la defensa del adulto mayor que ocupó el banquillo de los acusados y fue condenado en el Tribunal Oral en lo Criminal 1.

Los abogados Germán Brescovich y Joaquín Fraga estuvieron a cargo de la defensa del adulto mayor que ocupó el banquillo de los acusados y fue condenado en el Tribunal Oral en lo Criminal 1.

La joven denunció el caso al ser mayor de edad y durante el juicio oral en el Tribunal oral en lo Criminal brindó su testimonio a lo largo de más de una hora; donde respondió las preguntas de la fiscal Magdalena Brandt y los abogados defensores Joaquín Fraga y Germán Brescovich.

La jueza Marcela Santoro tuvo en cuenta el testimonio de la víctima, quien relató cómo fue captada a los catorce años y sometida a un hostigamiento sistemático que se extendió por casi ocho años. La resolución destaca la importancia de juzgar con perspectiva de género y niñez, validando el relato de la denunciante frente a las pruebas periféricas recabadas. Finalmente, el tribunal rechazó los argumentos de la defensa sobre una supuesta relación consentida y dictó una pena de nueve años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Arresto domiciliario

Debido a su edad (78 años al momento de la sentencia), se ordenó su detención inmediata bajo la modalidad de arresto domiciliario, con la implementación de un sistema de monitoreo electrónico.

Se dispuso su incorporación al "Programa de Asistencia a varones con conductas violentas" como medida de reparación integral y garantía de no repetición.

Único atenuante

La jueza llegó al monto de pena, de nueve años y ocho meses, tras considerar como único atenuante la falta de antecedentes penales, frente a diversos agravantes como la violencia de género, la cosificación de la víctima, su extrema vulnerabilidad, la duración de los hechos en el tiempo y las secuelas físicas y psíquicas provocadas.

Fundamentos de la condena

La jueza Marcela Santoro realizó diversas consideraciones importantes para fundamentar la condena de César Ricardo García, abordando el caso desde una doble perspectiva de género y niñez conforme a estándares internacionales de derechos humanos.

La magistrada subrayó que, dada la naturaleza de estos delitos que suelen ocurrir en la intimidad, el testimonio de la víctima es la prueba central. Sin embargo, aclaró, que esta declaración no debe aceptarse ciegamente, sino que debe ser valorada bajo la "sana crítica racional" y encontrar corroboración periférica, la cual halló en los más de 20.000 mensajes y el material periciado en el CPU del imputado

Una de las consideraciones más importantes fue el rechazo a la tesis de la defensa sobre una supuesta relación consentida. La jueza determinó que la voluntad de la víctima estaba viciada por: asimetría de poder: García tenía 66 años frente a los 14 años de la niña al inicio de los hechos

En el fallo sostiene la existencia de un contexto de vulnerabilidad donde el uso de dinero como medio de captación y la explotación de la precaria situación socioeconómica y familiar de la menor..

La existencia de coacción y extorsión por el uso de amenazas de divulgar imágenes íntimas y el suministro de psicofármacos (Trapax) para perpetuar el sometimiento; por parte del sujeto.

La jueza tuvo en cuenta la perspectiva contextual que en una comunidad pequeña como Colón (BA), la amenaza de "escrache" o juzgamiento social fue una herramienta de control sumamente eficaz contra la víctima.

Cosificación de la mujer

La jueza criticó duramente la estrategia defensiva basada en prejuicios sexistas que pretendían presentar a la víctima como alguien que "buscaba dinero". Consideró que tales argumentos evidencian una cosificación de la mujer, reduciéndola a un objeto mercantil al servicio del deseo masculino. Citando a Rita Segato, explicó que estos actos son un lenguaje de poder y disciplinamiento patriarcal.

Agravantes vs. Atenuantes

Para fijar el monto de la pena, la jueza ponderó como único atenuante: la falta de antecedentes penales. Los agravantes: La violencia de género, la extrema vulnerabilidad de la niña, la extensión de los hechos en el tiempo (casi ocho años) y las graves secuelas físicas y psíquicas, que incluyeron un intento de suicidio de la joven en 2017.

En el fallo la magistrada del Tribunal Oral en lo Criminal desestimó el "buen comportamiento procesal" por considerarlo una conducta esperable de cualquier ciudadano y el estado de salud del imputado, dado que las pericias indicaron que sus dolencias son propias de su edad y no le impedían participar del proceso.

Reparación integral

Más allá de la sanción punitiva, la jueza dispuso la incorporación de García al "Programa de Asistencia a varones con conductas violentas". Esta medida busca garantizar la no repetición y fomentar "nuevas y buenas masculinidades" para erradicar la violencia de género, en cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino.

Mi viejo me hizo del Diablo

César Ricardo García es un reconocido integrante de la comunidad de Colón; quien logró notoriedad pública por la publicación del libro "Mi viejo me hizo del Diablo", donde cuenta las distintas anécdotas vividas siguiendo a Independiente en los logros de Copas Libertadores históricas y sus relaciones con jugadores históricos como Ricardo Bochini; Kun Agüero y Luis Islas; entre otros referentes consagrados del Club de Avellaneda.

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Tapa y contratapa del libro "Mi viejo me hizo del Diablo" publicado por César Ricardo García.

Tapa y contratapa del libro "Mi viejo me hizo del Diablo" publicado por César Ricardo García.

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