jueves 17 de abril de 2025

Condenaron a 12 años y medio de prisión a Hugo Gorvalán por el homicidio de Daniel Cejas

El Tribunal Oral en lo Criminal además de la sentencia penal hizo lugar a la demanda civil presentada por la madre de la víctima, condenando al homicida a pagar una indemnización económica por los daños materiales y morales sufridos.

15 de abril de 2025 - 14:46

Los jueces integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal 1 Marcela A. Santoro, Ignacio Uthurry y María Alicia Luppi Barbella condenaron a Hugo "Mozo" Gorvalán a 12 años y medio de prisión por encontrarlo penalmente responsable del homicidio de Daniel Cejas, ocurrido en 2016 en el barrio Jorge Newbery.

El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Pergamino condenó este lunes a Hugo Alfredo “Mozo” Gorvalán, de 43 años, a la pena de doce años y seis meses de prisión, al hallarlo penalmente responsable del homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Rodolfo Daniel Cejas, ocurrido en el año 2016 en el barrio Jorge Newbery.

Además de la sentencia penal, el tribunal —integrado por los jueces Marcela A. Santoro, Ignacio Uthurry y María Alicia Luppi Barbella— hizo lugar a la demanda civil presentada por la madre de la víctima, Beatriz Olivera, y condenó al imputado a pagar una indemnización económica por los daños materiales y morales ocasionados por el crimen.

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El crimen y las pruebas

El homicidio de Cejas tuvo lugar en un contexto de disputa previa entre las partes. La acusación, a cargo del Ministerio Público Fiscal, sostuvo que Gorvalán disparó contra Cejas con un pistolón calibre 14 recortado. Según los testimonios de los testigos presenciales, Juan Cruz Morales y Sebastián Almada, la víctima recibió un primer disparo en el abdomen a corta distancia, mientras que otros impactos fueron realizados por la espalda cuando intentaba huir. Morales también sufrió una herida superficial en el rostro producto de los perdigones.

La autopsia, realizada por los doctores Walter Rodríguez y Ariel Lourenco, concluyó que Cejas murió por un paro cardiorespiratorio traumático causado por múltiples heridas de arma de fuego, con lesiones en el abdomen, cabeza, cuello y tórax, entre otras. El informe confirmó que el disparo abdominal fue efectuado a corta distancia y de frente, mientras que los restantes provinieron de atrás.

A estas pruebas se sumó la propia declaración de Gorvalán, quien reconoció haber realizado los disparos, aunque alegó haber actuado en legítima defensa. También fue clave la pericia balística que confirmó que los cartuchos hallados en la escena coincidían con el arma entregada por el imputado.

Las posturas durante el juicio

La Fiscalía calificó el hecho como homicidio agravado por el uso de arma de fuego y solicitó una pena de diez años y ocho meses, contemplando como atenuante el tiempo transcurrido desde el hecho.

La defensora oficial Laura Vignaroli, en tanto, pidió la absolución de su defendido, invocando la existencia de una causa de justificación: legítima defensa, en virtud de que, según su versión, Cejas había ingresado armado al domicilio y agredido al hijo de Gorvalán. Subsidiariamente, pidió la aplicación de la figura de exceso en la legítima defensa y, en caso de condena, que se le otorgue el beneficio del arresto domiciliario.

La parte civil, representada por la abogada Laura Abal en nombre de la madre de la víctima, adherió a la acusación penal, aunque solicitó una pena mayor, de quince años de prisión, y una reparación económica integral por el daño moral y material sufrido. También pidió que se investigue por falso testimonio a varios testigos que declararon en favor del imputado.

Fundamentos de la sentencia

El tribunal no aceptó la versión de la defensa sobre una legítima defensa. La jueza Santoro desestimó que los antecedentes delictivos de la víctima o la conflictiva previa fueran atenuantes, considerando que “no es objeto del juicio la conducta de la víctima” y que evaluar sus antecedentes para reducir la pena contradice los principios del derecho penal constitucional y humanista.

Tampoco aceptó como atenuante el tiempo transcurrido desde el hecho, dado que se trató de una demora derivada de un juicio abreviado anulado por vicios procesales. Sin embargo, el tribunal sí tuvo en cuenta el buen concepto vecinal de Gorvalán, sostenido por numerosos testigos durante el debate.

En consecuencia, los jueces condenaron a Gorvalán a doce años y medio de prisión de cumplimiento efectivo y ordenaron su detención inmediata, además de reconocer el derecho a indemnización civil de la madre de la víctima.

La sentencia marca el cierre de una causa iniciada hace casi una década, y que finalmente encontró resolución en una instancia oral y pública, con la condena a quien fuera señalado desde un principio como el autor de los disparos que terminaron con la vida de Daniel Cejas.

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