lunes 11 de mayo de 2026

Justicia lenta no es justicia: la “forzada” espera de los jubilados en juicio con el Estado

10 de mayo de 2015 - 00:00

Son cientos de miles los adultos mayores del país que aguardan una sentencia en el reclamo que iniciaron a la Anses para que les ajusten sus haberes. O, en caso de tenerla, que se les pague. En Pergamino hay un grupo de pasivos que no se rinde ante la burocracia y se esperanza en poder tener vida para disfrutar lo merecido.

DE LA REDACCION. En los Tribunales de Seguridad Social se acumulan más de 400.000 expedientes, si bien Anses considera una cifra menor. Detrás de cada carpeta, de grandes dimensiones, se oculta una historia de espera, lucha y perseverancia. Es la historia de los jubilados que reclaman al Estado el ajuste de sus haberes.

El mal pago de los aportes a cientos de miles de adultos mayores del sistema previsional es un problema de larga data que traspasó gobiernos de diferentes banderías y que sigue constituyéndose en una de las deudas pendientes que el Estado argentino tiene para con sus “abuelos”.

Cuando restan pocos meses para los comicios presidenciales, los tres candidatos que aparecen en los sondeos disputándose las preferencias del electorado no han dado aún indicio alguno de qué piensan hacer con los expedientes por juicios de jubilados que se amontonan de tal forma que ya amenazan con derrumbar edificios, debido al peso excesivo que deben soportar en sus estanterías, oficinas y pasillos. Los camaristas aseguran que el fuero de la Seguridad Social está colapsado y que no puede cumplir con su rol constitucional. Por ende, no hace justicia porque las sentencias no llegan a tiempo.

 

“Paciencia bruta”

El entramado previsional es bastante complejo. La burocratización convierte al sistema judicial en un laberinto en el que sólo puede encontrar salida aquellos adultos mayores con salud suficiente y dispuestos a poner en práctica la paciencia.

Nolberto López es referente del Movimiento de Jubilados Pergaminenses (Mojuper) y es integrante del Consejo Superior de la Confederación de Jubilados a nivel nacional. En contacto con LA OPINION, López afirmó que existen procesos “que fueron iniciados hace 20 años y aún no se cobraron”.

Para el jubilado entrevistado se debe  analizar no sólo el pago total de esta deuda sino fijar un mecanismo por el cual se puedan evitar la generación de mayor cantidad de juicios. “Actualmente Anses está liquidando bien los haberes pero la deuda del Estado sigue siendo muy grande, es millonaria, y hay que hacerle frente. A esto se suma que los pobres abuelos deben armarse de paciencia y esperar porque la Justicia es muy lenta en este sentido. Atendí casos que aun no tuvieron sentencia y peor aun; que tuvieron sentencia favorable y todavía no fueron saldados”, señaló el dirigente.

 Si bien en su charla, el entrevistado reconoció el esfuerzo que hace el Gobierno actual para hacer frente a esta demanda, destacó que la situación es crítica y que “en Pergamino son pocos los jubilados que cobraron juicios de los cientos de casos que se registran”.

Consultado respecto de la posible solución de esta problemática, López expresó: “Los jubilados que estamos en un juicio tenemos una loca idea, que así como se pagó la deuda externa se abone la deuda interna que contrajo el Estado con los pasivos. Esto debe llevarse a cabo por fuera de toda bandería política”.

 

En primera persona

A Roberto, el tiempo no le robó las esperanzas ni le quitó la perseverancia. Inició un juicio contra el Estado reclamando una jubilación mal liquidada en 2010. Desde entonces ha hecho una presentación tras otra pidiendo que le paguen una jubilación acorde con su último trabajo (encargado de una empresa) y no como la que cobra (autónomo). “Es denigrante lo que nos hacen. Juegan con nuestras ilusiones”, se queja.

 

La palabra de Anses

Por su parte, desde Anses se ha informado que, sobre la base de los datos que surgen de la propia Cámara Federal de Seguridad Social, no llega al 5 por ciento del universo de jubilados los que iniciaron litigio contra el organismo, es decir, que es una mínima cantidad de jubilados los que tienen en curso un juicio por reajuste de haber, obviamente sin que por ello sea menos importante su resolución.

Para ser más precisos existen aproximadamente 260.000 causas en trámite de naturaleza previsional, de las cuales 230.000 son por reajuste de haberes, las restantes son juicios en los que está en litigio el derecho al beneficio, o se cuestiona el grado de invalidez del titular o los servicios prestados, entre otros.

De este universo se estima que un 3 por ciento obtendría un reajuste favorable de su haber una vez concluido el proceso judicial. Con lo cual el 25 por ciento de las sentencias judiciales no benefician económicamente al litigante. No porque no corresponda el reclamo sino porque debido a la variable tiempo, el haber que percibe por Anses desde la fecha inicial de pago de la sentencia a la actualidad, es superior al haber reajustado conforme los parámetros de liquidación que ordena la sentencia dictada.

Asimismo es importante decir que hay una tendencia sostenida desde 2009 de disminución de la cantidad de juicios que se inician anualmente contra la Anses.

Otro dato fundamental es que la gran mayoría de nuevos jubilados no inicia acciones legales. Esto se debe a la política de mejora de las prestaciones previsionales emprendida por el Gobierno desde 2003. 

 

La historia previsional

 

En 1958 el presidente Arturo Frondizi introdujo por ley el 82 por ciento móvil. En esos años, había una gran cantidad de aportantes y pocos beneficiarios. Pero unos escasos años después, en 1962, ya se registra el primer déficit del sistema previsional.

Esta crisis continuó y posteriormente en 1967, Onganía declaró la inembargabilidad de los bienes de las cajas jubilatorias, en medio de incumplimientos y un aluvión de juicios. Aquí es cuando la ley del 82 por ciento móvil comienza a ser limitada: el presidente aumentó las contribuciones y la edad jubilatoria y permite que esa movilidad se pague solo a los que superaran los 30 años de servicios.

Entre 1973 y 1983 se fijó el haber ordinario en el 70 por ciento del cargo ocupado al cese de actividad, se incorporó un millón de nuevos jubilados y se eliminaron las contribuciones patronales.

Un año después, Raúl Alfonsín reinstauró las contribuciones patronales pero se acentuó la crisis de financiamiento: la relación activo pasivo era de 1,9 aportante por cada jubilado. Y dos años después en 1986, se decretó el estado de emergencia del sistema previsional, trayendo como consecuencia: disminución de los haberes, la suspensión de la ejecución de sentencias e incremento de los aportes patronales. 

Las deudas del Estado serían canceladas años después por los Bonos Previsionales del gobierno de Carlos Menem. También bajo esta gestión se instala el sistema mixto, de Afjp y Reparto. Durante estos años se aumentó la edad de retiro y cada vez fueron más las restricciones para acceder al beneficio. Se elevó así el número de excluidos del sistema. Los números de esos años demuestran que la tasa de cobertura llegó a menos del 50 por ciento.

Ya en 2001 y en plena crisis financiera, el presidente Fernando de la Rúa estableció la quita del 13 por ciento en las jubilaciones y los haberes de los empleados públicos para cumplir con la “Ley de Déficit Cero” solicitada por los organismos de crédito internacional.

 

 

Las explicaciones de la jefa local de Anses

 

La jefa de Anses Pergamino, María Eugenia Ball Lima, considera que en este tema “hay un uso político demagógico que, no exento de intencionalidad, difunde información inexacta. Por eso es muy bueno poder tener un espacio donde dar una información completa teniendo en cuenta que es una cuestión sensible y atiende a la calidad de vida de los adultos mayores”.

Según la funcionaria, “se cumple con las sentencias judiciales de reajustes y con lo dictaminado por la Justicia” y explicó que la Anses pone el pago retroactivos dos veces por mes y que en la página Web del organismo está el detalle mensual de las sentencias judiciales puestas al pago. 

Según los datos por ella aportados, durante abril de 2015 el organismo resolvió 5.679 casos de sentencias judiciales, siendo el mes con mayor cantidad de casos desde que se llevan registros. Además, si se compara abril de 2015 con el mismo mes del año previo, se observa un aumento del 15 por ciento en la cantidad de casos resueltos. 

 

Sentencias sí, pagos no 

Cuando se habla de producción de sentencias, no necesariamente se está hablando de que el jubilado pasa al poco tiempo por ventanilla a cobrar la diferencia de dinero reclamada. El Tribunal de Seguridad Social dictamina pero Anses puede apelar el fallo, lo que deriva en una nueva inclusión del expediente en los laberintos judiciales. Es en este punto en el que el organismo recibe las mayores quejas y se lo acusa de dilatar el pago debido a que en caso de cumplirlos regularmente, el sistema colapsaría. Ball Lima no niega la instancia de las apelaciones pero sostiene que es “una enunciación falsa que Anses apela las sentencias para no pagar”. Y explicó que Anses “tiene la obligación legal de apelar sentencias que le resulten contrarias” y que de no hacerlo iría contra la legislación vigente. En los únicos casos en que Anses apela, son los autorizados por resolución de la Secretaría de la Seguridad Social, que corresponden a la Ley Especial Docente -24.016-, Investigadores -Ley 22.929- y Servicio Exterior -Ley 22.731-, y aquellos que se ajustan a los fallos “Gemelli”, “Massani de Sese” y  “Siri”; y prestaciones de régimen general en las sentencias que se atengan a renombrado fallo “Badaro”. 

 

Para saber antes de empezar

En 2011 la Anses informatizó los pagos de las sentencias para agilizar los tiempos de liquidación, contar con un mejor control en las operaciones de cálculo que antes se hacían manualmente, quitar discrecionalidad a la decisión de qué jubilados recibían el ajuste y lograr agilizar los tiempos de resolución.

Para eso, el organismo fijó un esquema de trabajo y prioridades de pago que toma en cuenta el haber de la prestación, la edad del titular y la antigüedad de la sentencia para determinar el orden de resolución. Adicionalmente, se tienen en cuenta los casos de jubilados con enfermedades terminales y los mayores de 80 años. De esta forma, el pago de sentencias es eficiente, transparente y sin arbitrariedad. 

Mediante este sistema el jubilado (o el profesional abogado que lo asiste) puede ingresar sus datos y evaluar la viabilidad de su caso antes de iniciar una instancia judicial. De esta manera, se intenta evitar que los denominados “caranchos” creen falsas expectativas sobre un haber mejorable.

 

Uso político

La jefa de Anses Pergamino considera que “desde el retorno de la democracia este es el único gobierno que puso la cuestión jubilatoria en un orden prioritario de política pública y que en esta materia en particular se está haciendo cargo de saldar una deuda con los jubilados generadas en gobiernos anteriores, resulta al menos llamativo el tratamiento político que se le da”. 

 

 

Algunos interrogantes sobre el tema

 

Con el objetivo de obtener detalles respecto del proceso técnico y legal que conlleva un juicio al Estado, particularmente, el que involucra a los jubilados con la Administración Nacional de Seguridad Social, LA OPINION mantuvo contacto con el abogado Mariano Canclini, titular del Instituto de Previsión Social que funciona en el Colegio de Abogados.

- ¿Por qué los jubilados deciden realizar un juicio al Estado? ¿Cuándo empezó la “oleada” de juicios?

- Esto empezó en el año 1985-86, durante el gobierno de Raúl Alfonsín, gracias a una serie de medidas históricas que determinó la gestión del expresidente. Desde ese momento los jubilados comenzaron a visibilizar la posibilidad de realizar juicio al Estado. Con la Corte Suprema anterior hubo un fallo muy conocido -Chocobar- que les impedía a los jubilados la realización de una serie de actualizaciones. Por ello durante ocho años se aminoró la cantidad de juicios pero, a partir de 2003 se pierde la estabilidad del uno a uno, es decir, la convertibilidad entre el peso y el dólar, y se inicia una “catarata” de juicios. En 2006 se dio un caso muy conocido, llamado Badaro, que reconoció que entre los años 2002 y 2006, hubo un porcentaje de aumento del 88 por ciento en la movilidad de los jubilados. Además en la sede judicial se dio la modificación del primer haber. Esto quiere decir que históricamente se aplicaban índices para actualizar los haberes  porque, en este país, siempre hubo ciclos inflacionarios inestables. Los índices que utilizaba el Anses hasta 2010 no tenían nada que ver con la movilidad de los haberes en actividad por lo tanto siempre daban diferencia. En general, las diferencias que uno encuentra en los juicios cuando se liquidan, oscilan entre el 70 y el 100 por ciento según si los haberes en actividad eran relativamente altos o no.

- ¿Cuántos son los juicios iniciados hasta el momento por jubilados contra el Estado?

- Por estos días se registran aproximadamente 450.000 juicios muchos de los cuales no dan diferencia de haberes. Se calcula que los juicios que darán diferencia significativa de haberes son entre 280.000 y 300.000.

- ¿Cuánto tiempo puede pasar hasta la conclusión de un juicio?

- En nuestra zona los juicios pueden iniciarse en la localidad de San Nicolás. Aquí la primera instancia demora aproximadamente cinco años. Se prevé que en los próximos meses se dé celeridad a las tramitaciones ya que se ha informatizado el sistema del Juzgado Federal. Años pasados los que iniciaban el juicio debían ir a una Cámara que existía para atender a la totalidad del país, es decir que, el juicio se iniciara en Chaco o en Río Negro, debía pasar por una Cámara Federal de Seguridad Social. Este sistema se descentralizó y cada Juzgado va a su Cámara; Pergamino en este sentido pertenece a la Cámara Federal de Rosario. Con la aplicación de la Ley Nº 24.241 los juicios tardan alrededor de siete años.

- Una vez que la Justicia dicta la sentencia favorable para el jubilado, ¿el Estado se encarga de pagar?

- El Estado, en los últimos años, abona juicios dentro de los términos que dicta la sentencia. Anualmente abona entre 12.000 y 14.000 sentencias pero hay cientos de miles de juicios de los que debe hacerse cargo y esto constituye una deuda millonaria para el Estado.

- ¿Los juicios son hereditarios, pueden los hijos de los jubilados continuar con el juicio?

- Los hijos pueden seguir con la causa pero al momento de abonarles, el Estado les pagará hasta el momento del fallecimiento de su progenitor. Además, en estos casos, Anses no cumple con el plazo estipulado por la Justicia para realizar el pago que demora años en vez de meses. 

 

La Corte habló

El año pasado, la Corte Suprema se pronunció sobre esta problemática emitiendo una acordada por la cual se instó al Poder Ejecutivo a pagar los juicios a los jubilados que tienen sentencia. 

El exhorto de la Corte al Gobierno estuvo acompañado por un pedido al Congreso para que evalúe la posibilidad de crear nuevos tribunales con competencia en materia de seguridad social. Y también por una disposición para que la Cámara Federal de Seguridad Social de la Ciudad deje de ser el único órgano revisor de segunda instancia, de manera que los casos se puedan resolver en cada jurisdicción. Esto último se cumplió, como explica más arriba Canclini. Lo otro sigue su derrotero habitual según el cual una persona que entiende que está “mal jubilada” tiene que pasar su tiempo haciendo juicios hasta que se muere y a veces ni siquiera los termina. Esto es lo que la Corte denominó “una tragedia social”.

 

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