A partir de este ciclo lectivo 2015 la formación de acompañantes terapéuticos deberá dictarse con un plan de estudios acordado por el Ministerio de Salud de la Provincia y la Dirección General de Cultura y Educación. Antes, se formaban según el lugar donde se capacitaban, pero ahora existirá una currícula única de formación.
De esta manera, obtendrán el certificado correspondiente emitido por la cartera educativa y podrán ingresar al registro del departamento de Ejercicio de las Profesiones de la Dirección de Fiscalización Sanitaria. Quienes se recibieron antes en otros lugares, podrán acceder a una acreditación de competencias.
El acompañante terapéutico es un trabajador que interviene en el abordaje de las personas con padecimientos mentales a partir de la indicación de un profesional. Opera como potenciador y facilitador en la rehabilitación, la prevención de posibles recaídas, la identificación y anticipación de situaciones de riesgo y en la vinculación social del paciente.
Su labor se enmarca en la Ley Nacional Nº 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental, y en la Ley Provincial de adhesión Nº 14.580, que establece la protección de los derechos de los ciudadanos que padecen problemas de salud mental y garantiza el acceso a los servicios que la promueven y protegen.
El diseño curricular de formación acordado fue elaborado por una comisión de especialistas de diferentes sectores vinculados a la temática, en el marco del trabajo conjunto de la Comisión Mixta Salud-Educación y aprobado por la Resolución Nº 1.014/14.
A la vez, en forma simultánea y complementaria, se trabaja en los acuerdos que permitan iniciar el proceso de acreditación de competencias y certificación de las personas que hayan realizado, de manera previa, cursos y capacitaciones de acompañante terapéutico, y trabajen como tales.
En virtud de ello, las subsecretarías de Planificación de la Salud, de Control Sanitario y de Salud Mental y Atención a las Adicciones de la cartera sanitaria coordinarán acciones con la Agencia de Acreditación de Competencias Laborales de Educación, con el Instituto Obra Médico Asistencial (Ioma), con Médicos en Prevención (MEP) y con diversas asociaciones que agrupen a estos trabajadores.
También se contactarán con las entidades vinculadas a la realización de dichos cursos, con el objetivo que en el término de dos años, se pueda desarrollar y completar el proceso de acreditación de competencias de los acompañantes en ejercicio.