viernes 12 de junio de 2026

El Frente para la Victoria rechaza los incrementos de las tasas municipales

7 de diciembre de 2014 - 00:00

En el marco de la sesión del Concejo Deliberante del martes, en la que se abordará el presupuesto municipal del año próximo, el bloque elaboró un despacho en el que rechaza el proyecto como fue elevado por el intendente Omar Pacini. Solicita, entre otras cosas, que se remita junto al nuevo proyecto un listado de las obras de infraestructura que proyecta para 2015.

DE LA REDACCION. Con las firmas de los integrantes de la Comisión de Presupuesto del Concejo Deliberante, los ediles Lisandro Bormioli y Gabriel Cairat, del Frente para la Victoria elaboraron un despacho en el que rechazan el proyecto de cálculo de recursos y presupuesto de gastos para 2015 como fuera elevado por el intendente. “Apruébense los siguientes aumentos de los valores de las Tasas, Derechos y Contribuciones municipales: a partir del 1º de enero de 2015 un 14  por ciento, a partir del 1º de mayo de 2015 un 9 por ciento y a partir del 1º de septiembre de 2015 un 4 por ciento”, expresa.

“Remítase la presente al Departamento Ejecutivo a los fines de que proceda a realizar nuevamente el presupuesto de gastos y el cálculo de recursos en función de los ingresos proyectados por la aplicación de las autorizaciones de aumentos de Tasas, Derechos y Contribuciones dispuestas en el artículo precedente. Solicitar al departamento Ejecutivo que remita, junto al nuevo proyecto de presupuesto de gastos y cálculo de recursos para 2015, un listado con las obras de infraestructura que proyecta realizar con especial detalle de las calles a pavimentar y las construcciones de todo tipo a realizar durante 2015. Recházase la delegación de facultades al departamento Ejecutivo para que produzca modificaciones presupuestarias, expresada en el artículo 6º del proyecto de presupuesto de gastos y cálculo de recursos para el año 2015. El departamento Ejecutivo, en caso de necesitar realizar modificaciones presupuestarias, deberá solicitar la autorización del Concejo Deliberante en forma previa, salvo casos de fuerza mayor”, continúa el despacho.

Los concejales afirman que “este cuerpo, como representante de los ciudadanos de Pergamino, tiene la responsabilidad de controlar que los dineros públicos se inviertan con la mayor eficiencia posible y con el objetivo de atender al bien común y asimismo tiene la obligación de informar al pueblo de Pergamino su opinión respecto de las acciones y propuestas del Departamento Ejecutivo.

“El Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires aprobado por resolución del Tribunal de Cuentas en acuerdo de fecha 23/10/91, con vigencia a partir del 1º de enero de 1992 (B. O. 14/01/92). Con las modificaciones de las resoluciones del 22/03/95; 21/06/95; 15/11/95 y Decreto 3999/97, en su Artículo 75º dispone que “ninguna modificación podrá introducirse en el presupuesto de gastos por el departamento Ejecutivo sin que la autorice el Concejo Deliberante. Exceptúanse de esta regla las partidas de créditos constituidos con recursos afectados a los fines de su creación. Con respecto a dichas partidas el departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones que correspondan según el monto de los recursos efectivamente realizados” y en su artículo 80 dispone que “la compensación de las partidas excedidas (artículo 123 de la Ley Orgánica Municipal) deberá operarse de modo tal que la ampliación dispuesta no constituya una modificación sustancial de la autorización para gastar”.

“En función de lo establecido por la normativa vigente, según se expresa en los párrafos precedentes, es incompatible con la función del Concejo Deliberante la delegación expresa en el Departamento Ejecutivo de la potestad de autorizar modificaciones presupuestarias como se pretende según el artículo 6º del proyecto en tratamiento y por el cual el departamento Ejecutivo solo debería comunicar su decisión.

“La experiencia de años anteriores nos indica que por aplicación de este mecanismo de libre compensación de partidas se termina desvirtuando la ordenanza que autoriza los objetivos de los gastos, es decir, se termina alterando significativamente el destino de los fondos municipales con lo cual se desvirtúa la autorización conferida para invertir los fondos públicos. Para poder controlar la utilización de los fondos al cumplirse el año es menester que lo previsto en el presupuesto de gastos no sea alterado, salvo casos de fuerza mayor. Para determinar si la administración ha sido eficiente y eficaz los objetivos y finalidades deben sostenerse durante el año puesto que si se cambia el destino de los fondos no es posible evaluar con precisión si se dio cumplimiento cabal a lo autorizado.

“La falta de información del destino efectivo de los dineros presupuestados impiden evaluar si los mismos serán adecuadamente invertidos en función del bien común, planteándose en el proyecto presupuestos millonarios para obras sin determinar lo cual deja abierta la puerta legal para alterar significativamente su destino y esto va en contra de una administración transparente, eficiente y eficaz de los dineros públicos e impide al Concejo Deliberante evaluar al momento de la Rendición de Cuentas si la administración municipal ha cumplido con los objetivos propuestos y aprobados.

“El proyecto en consideración plantea la autorización al departamento Ejecutivo para realizar un aumento del valor de las Tasas, Derechos y Contribuciones a partir del 1º de julio sobre el valor vigente a partir del 30 de junio de 2015 de un 10  por ciento, aumento que se suma al del 30  por ciento que se propone por vía de un modificación de la ordenanza fiscal e impositiva, lo que redundaría en un aumento efectivo superior al 40 % para los contribuyentes de Pergamino.

“Un aumento anual de los ingresos del Municipio para compensar los aumentos generales de los valores de los bienes y servicios que insume la administración municipal a los fines de cumplir su función de brindar servicios a la comunidad es aceptable y asimismo que se disponga un porcentaje de un aumento para ampliar los ingresos por sobre esta situación en función de cubrir la ampliación de la demanda de servicios producto de la multiplicidad de acciones requeridas por la sociedad también es aceptable y deseable pero de ninguna manera este monto de aumento, atendiendo a las dos necesidades explicitadas, es aceptable por encima del 30 por ciento para 2015”.

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