La Justicia de Garantías dio lugar al requerimiento del fiscal Uthurry, quien había solicitado que el imputado continúe privado de la libertad. Está acusado de intento de homicidio, con varios agravantes, por una feroz golpiza a una nena de 2 años.
DE LA REDACCION. El Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial de Pergamino, ordenó la prisión preventiva para el joven de 20 años acusado de aplicarle una feroz golpiza a una nena de dos años, hija de su pareja.
El fiscal a cargo de la causa, doctor Ignacio Uthurry, le imputa los delitos de homicidio en grado de tentativa, agravado por el propósito de causar sufrimiento a su pareja y agravado por alevosía; así como también lesiones agravadas por ser contra su pareja, en el marco de violencia de género y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, en concurso real.
Con las pruebas recolectadas durante la instrucción el magistrado dio lugar al requerimiento del doctor Uthurry, quien había solicitado que el imputado continúe privado de la libertad y en tal sentido, el joven seguirá alojado en la Unidad Penitenciaria Nº 3 de San Nicolás.
Como fundamento de la medida privativa de la libertad, el juez de garantías sostuvo que la existencia del delito se encuentra justificada y adquiere la certeza requerida a través de las probanzas incorporadas en la presente investigación penal preparatoria. Estas constancias también permiten sostener que existe semiplena prueba e indicios vehementes como para considerar autor del hecho al joven.
Por otra parte, la resolución del juez fija las pautas para los riesgos de fuga y entorpecimiento. Los peligros procesales se presumen no solo a partir de la magnitud de la pena en expectativa, sino también de las características del hecho motivo de investigación, y las condiciones personales del imputado, destacándose en este sentido, la extrema violencia del hecho adjudicado cometido contra una persona indefensa, hechos cometidos en el marco de violencia familiar y de género, pudiendo inferirse a partir de estos extremos su probable voluntad de no someterse a proceso y eludir o entorpecer la acción de la Justicia.
La resolución también menciona que en orden a la existencia de peligros, no se advierten en este caso elementos objetivables que permitan neutralizar el peligro de fuga del imputado.
Por último, cabe señalar que la prisión preventiva es una medida cautelar de las denominadas de coerción personal, que recaen sobre la persona, en este caso sobre el imputado y la finalidad es asegurar el normal desarrollo del proceso y el sometimiento del encartado a la ley.