La normativa, que ahora está en manos del Ejecutivo, estipula las condiciones para la realización y presentación de proyectos de instalaciones eléctricas, la ejecución y su conducción técnica, tendientes a preservar la seguridad de las personas y los bienes.
DE LA REDACCION. En la última sesión del Concejo Deliberante se aprobó la ordenanza Nº 8.255/15, que regula las instalaciones eléctricas en el Partido de Pergamino.
Este proyecto original surgió por parte del concejal de Unión PRO, Walter Satuf y había sido presentado en 2013.
Luego de pasar por las comisiones pertinentes para su análisis y de consultar a idóneos en el tema, el Concejo Deliberante en su conjunto aprobó la Ordenanza para que el Departamento Ejecutivo la promulgue.
Estipula las condiciones mínimas para la realización y presentación de proyectos de instalaciones eléctricas, la ejecución y su conducción técnica, tendientes a preservar la seguridad de las personas y los bienes. Regula el medidor nuevo para nuevos inmuebles, el medidor de obra para construir un inmueble o terreno vacío y el medidor de locatario o locador para alquiler de un inmueble.
También la Ordenanza aconseja las condiciones mínimas para la realización y presentación de proyectos de instalaciones eléctricas, la ejecución y su conducción técnica, tendiente a preservar la seguridad de las personas y los bienes. Para la ejecución de las instalaciones eléctricas se deberán adoptar las reglamentaciones de las instalaciones eléctricas para inmuebles emitidas por la Asociación Electromecánica Argentina (AEA) y las normas Iram correspondientes.
En dicha reglamentación se resalta que las líneas y protecciones en todos los casos deben ser bipolar o tetrapolar según corresponda, y de no ser cañerías embutidas en mampostería deben tener una protección mecánica (cable-canal, bandeja porta cables o cañería exterior engrampada) y nunca cables exteriores sujeto con grampas y/o aisladores.
En el área de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas se creará una oficina técnica, con la categoría de Departamento, que se encargará del estudio y aprobación de la documentación presentada por un matriculado actuante. El cargo será cubierto por un profesional con matrícula colegiada habilitada para su desempeño.