El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Pergamino dictó un veredicto absolutorio en favor de un sujeto, quien había sido llevado a juicio acusado de abuso sexual con acceso carnal agravado, abuso sexual simple reiterado y amenazas, tanto agravadas como simples.
La decisión fue adoptada por los jueces Marcela Santoro, Ignacio Uthurry y Guillermo Burrone, quienes coincidieron en que la prueba producida no permitió derribar el estado constitucional de inocencia del imputado.
El proceso se desarrolló a partir de la acusación impulsada por el fiscal Fernando D’Elio, quien había solicitado una condena de doce años de prisión efectiva y la inmediata detención del acusado. Según la hipótesis fiscal, que según esta hipótesis el acusado habría cometido abusos sexuales reiterados contra la hija conviviente de su entonces pareja, desde que la menor tenía seis años y hasta la adolescencia, además de proferir amenazas contra otros integrantes del entorno familiar.
Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que, tratándose de delitos cometidos en la intimidad, el testimonio de la víctima debía ocupar un lugar central, y destacó pericias realizadas por profesionales de Junín que consideraron coherente el relato. También solicitó que el caso fuera analizado con perspectiva de género y niñez.
La defensa, encabezada por el abogado Jorge Lima, reclamó la absolución lisa y llana al afirmar que no se había acreditado ni la materialidad de los hechos ni la responsabilidad penal. Cuestionó la falta de corroboración periférica del testimonio, la validez de algunas pericias y la viabilidad fáctica de los episodios denunciados. En relación con las amenazas, señaló contradicciones en los relatos y la ausencia de pruebas objetivas.
Al fundamentar el fallo, el juez Ignacio Uthurry —con adhesión de Santoro y Burrone— remarcó que, si bien el testimonio de la presunta víctima es relevante en este tipo de delitos, debe estar acompañado por otros elementos que lo respalden. En este caso, el Tribunal consideró que el relato no resultó suficientemente claro ni consistente en el plano fáctico.
Entre los aspectos que generaron dudas insuperables, los magistrados mencionaron la posible influencia de terceros en la develación del relato, ocurrida en una sesión de Reiki, práctica que no cuenta con aval científico. También ponderaron que los cambios conductuales de la joven podían responder a múltiples causas y que ningún familiar había recibido un relato previo de abuso. Respecto de las amenazas, detectaron contradicciones y falta de pruebas que las confirmaran.
Ante la ausencia de certeza más allá de toda duda razonable, el Tribunal resolvió absolver al acusado y dispuso, además, la restitución definitiva de las armas que habían sido secuestradas durante la investigación.