En un fallo unánime, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Pergamino condenó a once años de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre de 37 años por haber cometido reiterados abusos sexuales contra su hija biológica y contra la hija menor de su concubina, en un contexto de convivencia familiar en la ciudad de Colón.
El tribunal, integrado por los jueces Marcela Santoro, Ignacio Uthurry y Alejandro Salguero, consideró debidamente acreditados los hechos denunciados y calificó la conducta del acusado como abuso sexual gravemente ultrajante agravado por su calidad de guardador y por haberse aprovechado de la convivencia con una de las menores.
Los abusos ocurrieron entre los meses de febrero y julio de 2020, dentro del ámbito doméstico, y afectaron a dos niñas menores de edad, una de las cuales es hija del acusado y la otra hija de su pareja. Ambos casos fueron denunciados y posteriormente analizados durante el juicio oral y público desarrollado en los tribunales de Pergamino.
La acusación estuvo a cargo del fiscal Germán Guidi, quien sostuvo durante el debate oral los lineamientos de la imputación inicial, logrando que el tribunal impusiera la condena conforme a los cargos presentados.
Condena
La condena tuvo distintas calificaciones penales discriminando los abusos, de acuerdo a las víctimas, porque en el caso de la hija biológica fue un agravante.
En relación al primero de los hechos, el tribunal consideró que existió una reiteración y prolongación en el tiempo de conductas de connotación sexual que exceden el tipo penal básico, lo que motivó su encuadre bajo la figura de abuso gravemente ultrajante, tal como lo establece el artículo 119 del Código Penal, en su segundo párrafo, en relación al cuarto párrafo, incisos b) y f).
En sus fundamentos, los magistrados explicaron que la gravedad del abuso no solo se vincula con las acciones en sí mismas, sino también con el contexto de confianza, poder y cercanía en el que fueron cometidas, y destacaron la jurisprudencia que permite considerar la prolongación temporal y la frecuencia de los actos como agravantes que incrementan la afectación a la integridad psíquica de las víctimas.
El tribunal valoró especialmente las declaraciones testimoniales de las niñas en cámara Gesell, así como los informes de profesionales de la salud mental que intervinieron en el proceso judicial. También se tuvo en cuenta la falta de credibilidad en los argumentos defensivos del acusado, quien no logró desvirtuar las pruebas presentadas en su contra.
La sentencia ordena, además, la toma de una muestra de ADN del condenado para su inclusión en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual.
El fallo resalta la importancia de aplicar una perspectiva de género y de protección integral de derechos de la infancia en los procesos judiciales donde están involucradas niñas o adolescentes víctimas de violencia sexual, recordando que el abuso en el entorno familiar representa una de las formas más graves de vulneración de derechos.
El condenado fue inmediatamente trasladado a una unidad penitenciaria donde deberá cumplir la pena impuesta. La sentencia aún no está firme y podrá ser recurrida por las partes ante instancias superiores.