La Cámara de Apelaciones confirmó la elevación a juicio al acusado de las estafas piramidales en Pergamino
Para los jueces existen motivos bastantes de sospecha de una presunta "Estafa Piramidal" por parte del sujeto que es acusado por el fiscal Francisco Furnari
El acusado de los casos de estafa piramidal debe ir a juicio oral por las sospechas sobre la defraudación al menos a nueve personas.
LA OPINION
El miércoles de esta última semana la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Pergamino dictó una resolución clave por la que manda a juicio al primer acusado de estafa piramidal en nuestra ciudad.
El tribunal, integrado por la jueza Gladys Mabel Hamué (en subrogancia permanente) y el juez Ignacio Uthurry (subrogante), desestimó el recurso de apelación presentado por los abogados defensores: Rodolfo Alberto Migliaro y Alberto Oscar Decunta.
Esta decisión judicial, confirma la resolución previa del 27 de agosto de 2025 que denegó el sobreseimiento y dispuso la elevación a juicio del imputado. El acusado será juzgado por el delito de "estafas reiteradas en concurso real (nueve hechos)".
El recurso de apelación de la defensa buscaba revertir la elevación a juicio respecto a las nueve causas acumuladas (identificadas con IPP N° 7788-24 y sus acumuladas, hasta N° 1427-25). Los letrados argumentaron que la decisión de elevar a juicio resultaba arbitraria y transgrede el debido proceso.
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02-11-2025 23:48
Embed - Diario LA OPINION on Instagram: "La Cámara de Apelación de Pergamino confirmó la elevación a juicio del primer acusado por una presunta estafa piramidal en la ciudad. Según la investigación, el imputado habría engañado a varias personas prometiendo altos intereses por inversiones simuladas en negocios inmobiliarios y financieros. El tribunal consideró que existen motivos suficientes de sospecha y que las pruebas deberán analizarse en debate oral. El fiscal del caso es Francisco Furnari, y el acusado enfrenta cargos por nueve hechos de estafa reiterada. Lee la nota completa en www.laopinionline.ar #Pergamino #Justicia #EstafaPiramidal #Judiciales #LaOpinionPergamino"
Argumentos de los abogados del acusado de las estafas
Centralmente, la defensa sostiene que en la mayoría de los casos no se reúnen los elementos típicos del delito de estafa, y que las pruebas, como los contratos de mutuo presentados por los propios denunciantes, desmentirían los dichos obrantes en las denuncias. Postularon que los hechos investigados son, en realidad, incumplimientos contractuales que corresponden al fuero civil.
A modo de ejemplo, la defensa citó el caso de María Laura Ballestrasse (IPP 7895/24), donde señalan que el documento agregado es un préstamo sin interés respaldado por un contrato de mutuo. En otro caso (IPP 8663/24 y 8664/24), la defensa alega que el acusado no tuvo ninguna participación directa, sino que la maniobra es atribuida a un tal Fernando Libera.
Modus operandi
La Jueza Gladys M. Hamué, al fundamentar su voto, encontró "acertado el análisis" del Juez de Garantías al evaluar las distintas investigaciones de forma conjunta. El Juez de Garantías había advertido que se repite un "mismo modo de operar".
Este modus operandi consistía en que el imputado el acusado, "por medio de un ardid habría engañado a diferentes personas obteniendo dinero de ellas asegurando su restitución, sumado a un alto interés monetario".
El juez de primera instancia señaló que esta operatoria podría encuadrarse en la figura de la "estafa 'Piramidal'". Se argumenta que en estos supuestos, los autores simulan cumplir los contratos en una primera fase, operando con el dinero de los sucesivos inversores para saldar cuentas con los primeros.
Para desarrollar este esquema, El acusado se habría dedicado a captar capital prometiendo sustanciosos intereses, presentándose como socio de una distribuidora de bebidas, o involucrado en la compra y venta de terrenos de pozo en barrios cerrados, además de hacer saber que formaba parte de una financiera. Para mantener la "apariencia de seriedad" y evitar la vacilación de las víctimas, se utilizaron "contratos de mutuo celebrados en escribanía".
Al menos nueve estafados
El resolutorio detalla las denuncias por las cuales el imputado quedó involucrado en al menos nueve estafas incluyendo grandes detrimentos patrimoniales:
Un comerciante y su esposa invirtieron la suma aproximada de $40 millones de pesos, provenientes de un crédito bancario y ahorros, bajo la promesa de un interés del 13% acumulativo mensual. Los denunciantes alegan que la maniobra incluyó el abuso de confianza con su contador, quien les presentó al acusado; en su momento.
Una de las personas damnificadas invirtió grandes sumas en dólares donde en distintas oportunidades aportó 19.500, 13.509 y 10.000 dólares en diferentes fechas) con la promesa de un interés del 10% mensual en dólares con respaldo de un mutuo notarial. El acusado reunió a los inversores en octubre de 2024 para anunciar que había "perdido toda la plata".
El contador relató haber invertido todos sus ahorros, incluyendo el dinero de la venta de un negocio, y posee cheques entregados por el acusado por un monto superior a 135 millones de pesos.
Un joven entregó en total 147 mil dólares estadounidenses al acusado a través de distintos contratos de mutuo.
El dueño de un gimnasio céntrico invirtió un total de 13.400 dólares en un "fondo de inversión" que prometía un 40% trimestral, y lo hizo sin documentación debido a la confianza previa con el acusado.
La Cámara destacó que muchas de las víctimas conocían y tenían confianza en el imputado, presumiendo que el engaño fue llevado a cabo precisamente sobre la base de esa relación, en detrimento del patrimonio.
Respecto a la solicitud de sobreseimiento, la Cámara reiteró que, en esta etapa preliminar de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), el sobreseimiento sólo se decreta cuando existe "contundente certeza" de la no acreditación del hecho o la no participación del imputado.
En este caso, la camarista subrogante Hamué concluyó que las alegaciones de la defensa no logran "desvirtuar en forma categórica" las constancias valoradas por el Juez de Garantías. Por lo tanto, el pase a la siguiente etapa es necesario para que el Órgano de Juicio pueda apreciar y analizar el valor convictivo de las distintas pruebas reunidas.
La realidad de los hechos y la responsabilidad de El acusado, acusado de estafa reiterada, "deberá ser totalmente dilucidada y esclarecida en la etapa procesal subsiguiente".