Desde el Municipio confirmaron que el polémico tributo finalmente se quitó porque era una medida ilegal que genera polémicas en las comunas donde se aplica. Cabe señalar la facultad que tuvo este año el intendente Omar Pacini para ponerlo en práctica y en todo momento se negó a que entrara en vigencia. Hay resoluciones judiciales firmes en contra del tributo.
DE LA REDACCION. La polémica tasa a los combustibles que se había incorporado en el actual Presupuesto municipal definitivamente quedó descartada para el próximo ejercicio teniendo en cuenta que en el proyecto presentado recientemente no figura en ninguno de los puntos elaborados, Con relación a esto, el Concejo Deliberante cuando dio el visto bueno a la herramienta fiscal e impositiva que se encuentra en ejecución había también autorizado a que el Ejecutivo pudiera ponerla en vigencia cuando lo decidiera.
Directamente no fue incluida a este nuevo proceso, fue uno de los temas abordados en el marco de las reuniones previas, pero por total consenso se determinó eliminarla del proyecto elevado a los concejales.
Sabíamos del rechazo de los vecinos a este tributo que tanta polémica les generó a otros municipios de la provincia de Buenos Aires; en estos días Junín continúa con las presentaciones en contra por lo que consideramos que no era necesario insistir, explicaron fuentes municipales consultadas por el Diario dado que era una de las cuestiones relevantes que estaban en discusión.
La Provincia en contra
El Gobierno provincial trabajó para incorporar al proyecto de presupuesto 2015 un artículo destinado a intentar eliminar la tasa vial sobre el precio final de venta de combustibles, que aplican 12 municipios que están alineados con el Frente Renovador, explicaron desde la Municipalidad de Pergamino teniendo en cuenta que el intendente Omar Pacini durante el presente ejercicio se negó a firmar la vigencia de esta normativa polémica.
Esta polémica tasa, que suma entre 10 y 40 centavos por litro de nafta o metro cúbico de GNC despachado, y cuya recaudación va a obras viales, es cobrada por los massistas en San Miguel, Pilar, Hurlingham, Malvinas Argentinas, Olavarría, San Fernando, Merlo, San Isidro, San Martín, Junín y Tigre, además de Vicente López, gobernada por Jorge Macri, del PRO. Sin embargo, desde las estaciones de servicio denuncian que la medida perjudica al sector, al espantar clientes hacia otros distritos para esquivar el impuesto.
Lo hacen de forma ilegal
Manuel García, vocero de los estacioneros, acompañó la semana pasada la iniciativa del Ejecutivo bonaerense explicando que se trata de una tasa arbitraria y no puede ser aplicada a gusto por cada municipio; el componente impositivo de los combustibles es una facultad del Estado y está regulado por el Parlamento, o sea, todo lo hecho hasta ahora es ilegal, agregó el sindicalista. En ese marco, García señaló a través de un informe que los usuarios protestan y se perjudican las estaciones de servicio que están con esta modalidad porque el consumidor pasa de un distrito a otro y carga combustible por un precio más bajo; nos perjudica frente a distritos vecinos que no lo cobran, se quejó mediante el comunicado.
Rechazo judicial vigente
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata, resolvió días atrás rechazar un pedido de apelación del Municipio bonaerense de Monte con respecto al cobro de una tasa de mantenimiento vial, por lo que la Justicia decidió suspender la aplicación de la Ordenanza Municipal referida a la creación de esa tasa.
De esta forma, se ordena a abstenerse de cobrar la tasa en cuestión a todo sujeto que consuma combustibles en las expendedoras localizadas en su territorio, hasta tanto se dicte sentencia firme.
Según explica el fallo, la medida cautelar se sustenta en que la aplicación de esta ordenanza infringiría el Régimen de Coparticipación Federal establecido por el Decreto-Ley Nacional 505/58, al cual la provincia de Buenos Aires adhirió, por el cual el Estado provincial se compromete a no establecer gravámenes locales sobre los combustibles líquidos y a no gravar a los lubricantes con impuesto alguno, extendiendo tal compromiso a los municipios.
El dictamen aclara, además, que el hecho de que la tasa en cuestión se cobre a través de la carga de combustible en los expendedores localizados en el Municipio, implica que todo sujeto que recargue combustible en Monte se vea obligado a pagar un valor excedente sin que exista una concreta contraprestación a cambio.
La aplicación de la tasa en tales condiciones deviene irrazonable por no existir necesaria contraprestación estatal relacionada con su aplicación, y transmutaría el tributo en un impuesto encubierto, concluye el fallo en la causa Nº 16242, cuya resolución en la instancia apelativa estuvo a cargo de los jueces Claudia Angélica Matilde Milanta y Gustavo Daniel Spacarotel.