miércoles 04 de marzo de 2026

Caballos sueltos: el Municipio de San Pedro cobrará más de $16.500 por día por cada animal secuestrado

En San Pedro la ordenanza impositiva 2026 fija un canon diario por alimentación de equinos retirados de la vía pública, que se suma a la multa correspondiente.

26 de diciembre de 2025 - 10:27

La ordenanza impositiva aprobada por el Municipio de San Pedro para 2026 incorporó un nuevo costo para los propietarios de caballos sueltos en la vía pública. Además de la multa, deberán abonar un canon diario por la alimentación de los animales secuestrados, que supera los 16 mil pesos por jornada.

Cuánto deberán pagar los dueños de caballos secuestrados

El tributo está incluido dentro de la denominada tasa por servicios varios y contempla el “racionamiento para animales secuestrados”. Según lo establece la Impositiva 2026, el costo asciende a 16.521 pesos por animal y por día, monto que se aplica mientras el equino permanezca en el corral municipal.

Qué dice la ordenanza sobre caballos en la vía pública

En San Pedro rige una ordenanza que prohíbe la presencia de caballos sueltos en calles, rutas o terrenos municipales. La infracción se configura incluso cuando los animales se encuentran atados y sin la presencia de sus propietarios. La normativa autoriza a la Dirección de Tránsito a labrar actas y proceder al secuestro.

Para estas tareas, el Municipio cuenta con un grupo de arrieros encargados del traslado de los equinos al corral municipal, ubicado en el predio del Corralón.

Requisitos para recuperar un caballo secuestrado

El propietario puede solicitar la restitución del animal ante el Juzgado de Faltas, acreditando la titularidad mediante el Documento Único Equino, boleto de marca y señal, y certificado de adquisición o cédula equina. Además, debe presentar certificado sanitario y resultado negativo del examen de anemia infecciosa equina.

Una vez cumplidos los requisitos, deberá abonar la multa correspondiente más la tasa diaria por alimentación. Si el animal no es reclamado dentro de los siete días hábiles, será considerado mostrenco y podrá pasar a patrimonio municipal, habilitando su subasta o donación a entidades sin fines de lucro.

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