Quienes no sufragaron en elecciones anteriores figuran en el Registro de Infractores y deben pagar una multa para regularizar su situación. No presentarse a votar el próximo 7 de septiembre también puede traer sanciones que van desde multas hasta impedimentos para realizar trámites.
El deber de votar y el nuevo calendario electoral
El 7 de septiembre los vecinos de toda la provincia de Buenos Aires deberán volver a las urnas para elegir cargos provinciales y municipales. Será la primera vez que las elecciones bonaerenses se realicen en fecha separada de las nacionales, decisión que obliga a los ciudadanos a concurrir dos veces a votar en menos de dos meses.
En este contexto, surge un interrogante clave: ¿qué pasa si un ciudadano no votó en elecciones anteriores o decide no presentarse el próximo 7 de septiembre? La respuesta es clara: el Código Electoral establece sanciones para quienes incumplen con esta obligación cívica.
Qué ocurre si no se votó en elecciones anteriores
Quienes no emitieron su voto en comicios pasados figuran en el Registro de Infractores al Deber de Votar. Para salir de ese listado y evitar problemas a futuro, es necesario pagar una multa en la Secretaría Electoral correspondiente al distrito.
El monto varía según la cantidad de elecciones en las que no se haya participado, pero lo más importante es que, mientras no se regularice la situación, la persona puede enfrentar restricciones:
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No podrá ser designada para desempeñar cargos públicos durante 3 años.
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No podrá realizar trámites municipales, provinciales o nacionales durante un año.
En la práctica, muchos ciudadanos relatan que han podido continuar con ciertos trámites aun estando en el registro. Sin embargo, desde el punto de vista legal, el riesgo sigue latente y puede complicar a cualquiera que deba acreditar su condición cívica en una situación formal.
Cómo pagar la multa
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Consultar el estado personal
Ingresar con el DNI en el sitio oficial de la Justicia Electoral: REGISTRO DE INFRACTORES
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Presencialmente en la Secretaría Electoral en la ciudad de La Plata
En la Ciudad de Buenos Aires, en Tucumán 1320.
Confirmación
Una vez abonada, el juez electoral del distrito comunica la cancelación al juez correspondiente y se elimina al ciudadano del Registro de Infractores.
Qué pasa si no se vota el 7 de septiembre
El mismo régimen se aplica a las elecciones provinciales y municipales. Es decir, quien no vote este 7 de septiembre en cualquier localidad bonaerense quedará incorporado al Registro de Infractores, con las consecuencias ya mencionadas.
Esto cobra particular relevancia porque, al tratarse de comicios no concurrentes con los nacionales, existe el riesgo de que muchos vecinos decidan no concurrir a votar por considerarlo “menos importante”. Pero la ley no distingue: la obligación es la misma.
Quiénes están exceptuados de votar
No deben pagar multa ni justificar la ausencia quienes:
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Sean menores de 18 o mayores de 70 años.
Se encuentren a más de 500 km del lugar de votación (con certificado policial).
Estén afectados por enfermedad o fuerza mayor, con certificado médico.
Integren servicios públicos esenciales con tareas impostergables el día de la elección.