sábado 21 de febrero de 2026

Casación absolvió a la joven que había sido condenada como cómplice del asesino de Eduardo Víbora Boncompain

Tras el planteo del defensor oficial Estanislao Carricart los camaristas de casación revirtieron el fallo que la consideraba cómplice del robo seguido de muerte

30 de diciembre de 2025 - 23:04

El Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires dictó la absolución de la joven que había sido condenada en primer instancia por el Juzgado Juvenil, como cómplice en el asalto que terminó con el asesinato de Eduardo "Víbora" Boncompain.

El hecho ocurrió el 24 de marzo de 2024, cuando Leandro Daniel Núñez ingresó a la vivienda de la víctima, ubicada en la intersección de Avenida Colón y Pinto, para cometer un robo que derivó en un forcejeo y el posterior fallecimiento de Boncompain debido a golpes con un objeto contundente.

La joven, quien era menor de edad al momento de los hechos, había sido condenada en primera instancia por el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil de Pergamino a la pena de cuatro años y ocho meses de prisión como coautora de robo calificado. Sin embargo, la intervención del defensor oficial Estanislao Carricart fue determinante para revertir esta situación ante la Sala III del Tribunal de Casación.

El trabajo de la defensa y el vuelco en la causa Carricart basó su planteo en la arbitrariedad probatoria de la condena inicial, argumentando que no se había logrado explicar cuál fue el "aporte esencial" de la joven para la comisión del delito. El defensor cuestionó la figura de "campana" que se le atribuía, señalando que no existían elementos suficientes para sostener que ella estuviera allí con el fin de facilitar el robo.

En su análisis, los camaristas Víctor Violini y Carlos Ángel Natiello coincidieron con los planteamientos de la defensa. Según los registros de las cámaras de seguridad y testimonios de vecinos, la joven permaneció en la vereda de enfrente, pero no realizó ninguna acción para advertir a Núñez cuando la víctima llegó a su domicilio, lo cual desvirtúa su rol como vigilante o "campana".

El asesino engañó a la joven

La joven declaró que Núñez la había engañado diciéndole que irían a buscar comida a casa de un familiar, y que ella solía estar en esa zona habitualmente. Ante la falta de pruebas directas sobre su participación criminal, el tribunal determinó que la duda debía favorecer a la imputada.

Con este fallo, el Tribunal de Casación no solo rechazó el recurso de la fiscalía —que pretendía una pena mayor de 16 años— sino que hizo lugar al recurso de la defensa oficial, dictando la absolución inmediata y disponiendo su libertad.

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