domingo 05 de abril de 2026

Desde 4 millones de pesos de multa por organizar una fiesta clandestina

El Concejo Deliberante del Partido de Pergamino analizará un proyecto de ordenanza que busca regular y sancionar severamente las fiestas clandestinas.

9 de diciembre de 2024 - 00:00

Un proyecto de ordenanza propone sanciones económicas significativas para propietarios e inquilinos que organicen fiestas clandestinas en propiedades privadas. Las multas comienzan desde los 4 millones de pesos y pueden agravarse si el inmueble tiene pileta, si el evento fue previamente intimado o si se promocionó en redes sociales.

Un problema recurrente 

El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Pergamino analizará un proyecto de ordenanza que busca regular y sancionar severamente las fiestas clandestinas. Estas reuniones, que suelen realizarse en inmuebles privados como quintas, casas de campo o galpones, se caracterizan por concentrar grandes cantidades de asistentes, muchas veces sin las condiciones mínimas de seguridad ni el aval municipal necesario.

El proyecto responde a reclamos constantes de vecinos que denuncian los problemas generados por estas fiestas: desde ruidos molestos y desorden vehicular hasta riesgos sanitarios y de seguridad.

El marco del proyecto

El proyecto de ordenanza establece que las fiestas clandestinas son aquellas reuniones privadas que superen las 30 personas y que se realicen sin la autorización del área municipal correspondiente. Según el artículo 1, estas actividades incluyen tanto eventos gratuitos como aquellos en los que se cobre entrada, ya sea en dinero o en especie.

El artículo 2 amplía la definición al incluir reuniones donde los organizadores no puedan justificar el uso del inmueble mediante documentación válida, como escrituras, contratos de alquiler o comodatos.

Multas y sanciones

El proyecto propone multas que parten desde los 4 millones de pesos, según lo especificado en el artículo 14. Estas multas pueden agravarse en los siguientes casos:

 -Presencia de pileta en el inmueble: Si la propiedad cuenta con un natatorio que no cumple con las medidas de seguridad exigidas.

 -Incumplimiento de intimaciones previas: Si el organizador ya fue notificado para desistir de la fiesta y decide realizarla de todos modos.

 -Promoción en redes sociales: La difusión del evento en plataformas digitales se considera una agravante, según el artículo 5, que habilita a las autoridades a utilizar capturas de pantalla como evidencia.

Además, se contempla la posibilidad de sancionar tanto a los propietarios como a los inquilinos responsables del inmueble.

Requisitos para fiestas autorizadas

El proyecto no busca prohibir todas las reuniones sociales, sino garantizar que se realicen bajo un marco seguro y regulado. El artículo 6 detalla los pasos para obtener la autorización municipal:

 1.Plazos y documentación: Los organizadores deben presentar una solicitud con 15 días de anticipación, incluyendo planos del lugar, ubicación de barras y baños químicos, medidas de seguridad contra incendios y contratación de seguros de responsabilidad civil.

 2.Seguridad y salud: Se exige la contratación de servicios médicos para eventos con más de 600 personas y personal de seguridad en una proporción mínima de dos agentes por cada 200 asistentes.

 3.Regulación del tránsito: En eventos masivos, puede requerirse la contratación de personal policial vial para ordenar el ingreso y egreso de vehículos.

Medidas preventivas y sancionatorias

El artículo 16 habilita a las autoridades municipales a tomar medidas preventivas como:

 -Suspensión del suministro eléctrico del inmueble.

 -Desalojo inmediato de los asistentes.

 -Decomiso de elementos como equipos de sonido y parlantes utilizados en la fiesta.

Estas medidas buscan disuadir la realización de estos eventos antes de que representen un riesgo para los asistentes y la comunidad.

Impacto en la comunidad

El proyecto reconoce la complejidad de regular actividades realizadas en propiedades privadas debido a la protección constitucional de la propiedad. Sin embargo, plantea herramientas para intervenir cuando estas actividades afectan el bienestar colectivo. Según el artículo 3, se sancionará no solo a los organizadores, sino también a quienes promuevan los eventos en redes sociales o faciliten el uso de inmuebles sin autorización.

Conclusión

Este proyecto de ordenanza propone un enfoque integral para abordar un problema creciente en Pergamino. Al establecer sanciones económicas contundentes, medidas preventivas y requisitos claros para la autorización de eventos, busca proteger tanto a los jóvenes que asisten a estas fiestas como a los vecinos que sufren sus consecuencias. La iniciativa también refleja el compromiso de las autoridades locales con la seguridad y el orden público.

Si es aprobado, este marco legal podría sentar un precedente para otras localidades con problemáticas similares.

Mi casa mi fiesta

Es importante destacar que este proyecto de ordenanza no limita el derecho de las personas a utilizar sus propiedades privadas para organizar reuniones sociales o fiestas bajo su propia responsabilidad. Siempre que estas actividades respeten las reglas de la buena vecindad, no generen molestias excesivas y cumplan con las normativas generales de seguridad y convivencia, no estarán sujetas a las sanciones estipuladas en este marco regulatorio. La iniciativa está dirigida exclusivamente a eventos que, por su magnitud o características, representen riesgos significativos para la comunidad o infrinjan las normativas municipales.

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

LO QUE SE LEE AHORA
El fallecimiento de Sebastián Abal provocó un profundo pesar.

Las Más Leídas

Te Puede Interesar