sábado 21 de febrero de 2026

ARBA extiende plazos del Inmobiliario Rural y mantiene el descuento del 10% para quienes están al día

Arba prorrogó hasta el 18 de diciembre el vencimiento de la cuota 4 del Impuesto Inmobiliario Rural y Complementario.

10 de noviembre de 2025 - 11:21

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) anunció la prórroga del vencimiento de la cuota 4 del Impuesto Inmobiliario Rural y del Inmobiliario Complementario. La nueva fecha límite será el 18 de diciembre, en lugar del 12 de noviembre, tal como estaba previsto originalmente.

El organismo informó que la extensión —publicada este lunes en el Boletín Oficial— tiene como finalidad garantizar la correcta liquidación del tributo y asegurar la disponibilidad de todos los canales de pago. Además, permite que quienes mantienen sus obligaciones al día continúen accediendo al beneficio de hasta un 10% de descuento por adhesión al débito automático.

¿Quiénes pueden recibir el beneficio?

Desde ARBA recordaron que el beneficio se aplica únicamente a contribuyentes sin deudas previas, adheridos al débito automático y que opten por pagar la última cuota del año.

Los pagos pueden realizarse desde la web oficial www.arba.gov.ar

mediante tarjeta de crédito o a través de cajeros automáticos generando previamente el código de pago electrónico. También se encuentra habilitado el pago digital a través de Cuenta DNI, escaneando el código QR enviado por correo electrónico o disponible en la agenda de pagos de la aplicación.

Quienes prefieran abonar de manera presencial pueden hacerlo en entidades bancarias habilitadas o en los centros de cobro de Provincia Net Pagos.

En paralelo, el organismo también resolvió modificar el vencimiento de la cuota 2 del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas, que originalmente operaba el 13 de noviembre y ahora pasará para el 11 de diciembre de 2025.

Cómo adherirse al débito de ARBA

Para gestionar la adhesión al débito automático, los contribuyentes deben ingresar a www.arba.gov.ar , seleccionar la sección “Autogestión” e iniciar sesión con CUIT y Clave CIT. Allí, deberán elegir la opción “Gestión de Débitos Automáticos”.

El débito puede asociarse a una cuenta bancaria o a una tarjeta de crédito; en el caso del Inmobiliario Complementario, solo se permite la adhesión con CBU.

Si el contribuyente aún no tiene registrada una cuenta, puede cargar o actualizar el CBU desde la opción “Registro de Claves Bancarias Uniformes (CBU)”. En caso de optar por tarjeta de crédito por primera vez, el impacto aparecerá en el próximo vencimiento.

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