La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso aumentar los umbrales a partir de los cuales las cooperativas y mutuales deberán cumplir con el régimen de información de operaciones. La medida se enmarca en el proceso de simplificación normativa establecido por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto N° 353/2025, orientado a reducir cargas administrativas y mejorar la calidad de los servicios públicos.
Hacia una administración más ágil, eficiente y cercana a los contribuyentes
La medida publicada este jueves en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General N° 5763/25, detalla que a partir de ahora, las cooperativas y mutuales solo deberán informar operaciones financieras y aportes de asociados cuando la suma de los montos supere los 1.600.000 pesos por sujeto.
El objetivo del Decreto N° 353/2025, en el que se enmarca la medida, es reducir cargas administrativas, en el proceso de simplificación normativa establecido por el Poder Ejecutivo Nacional.
Con la actualización, se busca optimizar la base de datos institucional, focalizar la fiscalización en operaciones de mayor relevancia y aliviar la carga de trabajo de las entidades.
¿Qué implica esta medida?
La resolución aplica a cooperativas y mutuales. El umbral de información pasó de 10.000 pesos a 1.600.000 pesos. La norma comienza regir a partir del 1 de octubre de 2025.