El Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Pergamino condenó esta semana a un joven de 21 años por su participación como partícipe secundario en un violento asalto a un repartidor de comidas ocurrido en febrero de este año en inmediaciones de Monteagudo al 1500, en la zona del arroyo.
El fallo fue dictado por el juez Guillermo Burrone, quien impuso una pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo para Alan Maximiliano Medrano, al hallarlo penalmente responsable del delito de robo agravado por el uso de arma blanca y por la intervención de un menor de edad.
El episodio ocurrió el viernes 9 de febrero de 2024, cerca de las 22:50 horas, cuando un joven que realizaba repartos fue interceptado por dos sujetos. Uno de ellos, un menor de edad, lo amenazó con un cuchillo y lo despojó de su celular, billetera y otros efectos personales, mientras que el otro sujeto permanecía al volante de un vehículo utilizado para facilitar la huida.
La investigación fue liderada por la Fiscalía del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, a cargo del fiscal Horacio Oldani, y el juicio se desarrolló en la sala de audiencias del TOC N° 1.
Pruebas clave
Entre las pruebas más relevantes que permitieron comprobar la participación de Medrano se destacó el testimonio claro y consistente de la víctima, quien logró rastrear su teléfono celular robado gracias a su cuenta de Google. Al dirigirse a la ubicación obtenida, identificó un Ford Escort blanco en mal estado, con luneta trasera rota cubierta con nylon, vehículo que coincidía con el utilizado por los asaltantes.
En el mismo lugar, observó a un sujeto con las mismas características físicas del conductor que había participado del robo, quien abordó el vehículo e intentó marcharse. Posteriormente, personal policial realizó un allanamiento en el domicilio del acusado en calle Costa Rica al 2000, donde fue aprehendido Medrano y se secuestró el automóvil implicado, dentro del cual se halló la billetera de la víctima.
El juez consideró determinante el cúmulo de pruebas, al sostener que “los indicios unívocos, certeros y concordantes, junto con la contundente declaración de la víctima y la posesión del vehículo utilizado, no dejan duda alguna sobre la participación del acusado en el hecho”.
Participación secundaria
El magistrado valoró que si bien Medrano no descendió del vehículo ni fue quien blandió el arma blanca, su rol fue facilitar la comisión del delito mediante el uso del rodado. La conducta del menor, en cambio, fue considerada central: fue quien amenazó, exigió los objetos y luego manipuló los bienes robados.
La calificación legal quedó encuadrada como robo agravado por el uso de arma blanca y por la intervención de un menor, con responsabilidad secundaria para Medrano. En este contexto, el juez fijó una condena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva, teniendo en cuenta que el joven no contaba con antecedentes penales condenatorios, y que no se verificaron circunstancias agravantes.
El fiscal había solicitado inicialmente cuatro años de prisión, mientras que la defensa, en subsidio de la absolución, había requerido el mínimo legal.