DE LA REDACCION. Un hombre de 39 años fue condenado por el Juzgado Correccional Nº 2 a cuatro años de prisión por el delito de coacción agravada por el uso de arma y lesiones leves, por considerarlo autor de la agresión sufrida por José Agudo y otros militantes de un partido político en el marco de la campaña electoral de octubre de 2011.
La condena recayó sobre Marcelo Darío Zapata, que en ese entonces cumpliría tareas de operario de desmalezamiento de parques y jardines del Corralón Municipal y tras un proceso judicial de dos años fue encontrado culpable de la agresión.
La doctora Gloria Aboud, titular del Juzgado Correccional Nº 2, dio por acreditado que el 12 de agosto, entre las 7:30 y las 7:45, José Agudo junto a Leticia Conti, Facundo Morales y Cristian Cabrera, se encontraban en la intersección de avenida Alsina y Alberti pegando carteles sobre el paredón del ferrocarril para la campaña electoral del Frente para la Victoria a la que pertenecían y se movilizaban en un automóvil Renault Clio, propiedad de Agudo, que se hallaba estacionado sobre la mencionada avenida, en dirección a calle Doctor Alem.
Una vez que finalizaron con la pegatina de carteles y se disponían a cargar los elementos para retirarse, estacionó sobre la mano contraria un automóvil marca Fiat Duna, del cual descendieron cuatro sujetos pertenecientes a un partido político opositor, Integración Cívica Pergaminense, quienes se aproximaron a ellos con insultos y amenazas gritándoles “hasta qué hora van a pegar carteles”, “esto no es joda”, “la calle no es de ustedes”.
Fue entonces cuando el imputado se dirigió directamente a José Agudo, que se encontraba al lado de la puerta del conductor a la espera de que subieran todos sus compañeros, y le manifestó que dejaran de pegar afiches, mientras lo golpeaba con su puño derecho en el rostro, en la cabeza y en las costillas, causándole lesiones leves y con su mano izquierda arrojaba puntazos con un arma blanca tipo “faca” sin acertarle.
Al mismo tiempo, otro de los sujetos rompía los afiches, baldes y brochas que estaban cargando en el baúl y un tercero quitaba los carteles que habían terminado de pegar, en tanto que el cuarto individuo trataba de agredir a otro integrante del grupo que ya se había sentado en el asiento trasero del auto.
Cuadro probatorio
Para alcanzar este fallo, el tribunal realizó un análisis detallado del contenido de la prueba documental, pericial e informativa incorporada por lectura al proceso y los testimonios aportados durante el desarrollo del juicio oral.
En este sentido, la magistrada valoró la descripción detallada sobre el hecho que hizo Agudo, quien era jefe de campaña y apoderado de la lista del Frente para la Victoria. También tuvo en cuenta las lesiones padecidas por Agudo y demostradas con el informe del médico de Policía.
El cuadro probatorio de los hechos se completa con los relatos vertidos durante el juicio oral por José Agudo, Leticia Conti, Cristian José Cabrera, Ezequiel Morales y un médico traumatólogo, que dieron testimonios claros, precisos, sin contradicciones y desprovistos de animosidad.
El tribunal entendió que los dichos de todos los testigos no daban lugar a duda de que la actitud de Zapata había sido con un propósito amenazante y con la finalidad de que tanto la víctima como sus compañeros dejaran de cumplir la tarea de militancia política que venían desarrollando. En este sentido también consideró el uso de un arma blanca era válido para aumentar el poder intimidante, ya que todos los testigos coincidieron en que Agudo estaba totalmente indefenso y abatido y que de haber querido asestarle un puntazo de los que amagaba lo habría conseguido.
El análisis de la prueba testimonial recibida durante la audiencia de juicio oral, junto al material probatorio analizado no deja dudas al magistrado sobre la existencia de los hechos descriptos y su encuadramiento en la figura penal de coacción agravada por el uso de arma y lesiones leves.
Participación confirmada
En cuanto a la participación de Zapata en el hecho, el Juzgado Correccional entendió que está plenamente acreditada la autoría del imputado en el hecho y se basó en la denuncia radicada por Agudo, en la cual describe las características particulares de quien lo agrediera, señalando que de volverlo a ver lo reconocería. Más tarde, lo identificó en el acta de reconocimiento en rueda de personas. Incluso el propio condenado reconoció durante la audiencia de declaración haber estado la noche de los hechos pegando carteles para la campaña electoral a bordo de un Fiat Duna, acompañado por otras dos personas.
Agravante
Por último, cabe señalar que el tribunal consideró como agravante genérica las motivaciones que llevaron al imputado a cometer el hecho, tal como quedó demostrado, y la gravedad institucional del mismo, viéndose alterado y obstaculizado el libre y pacífico ejercicio de derechos políticos reconocidos por la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y los tratados internacionales, que sientan las bases del sistema régimen democrático y del sistema republicano de gobierno.