Cabe señalar que la Dirección de Vialidad provincial, por Resolución Nº 567 emitida el 26 de junio de 2009, mediante el expediente 4087-4801/08, autorizó para otorgar cada uno de los permisos a efectos de la explotación agraria de las zonas.
El consentimiento de uso se otorga con carácter precario y a título oneroso, por el ciclo agrícola 2013-2014, contado a partir de la formalización del contrato respectivo, con vencimiento el 15 de junio de 2014, renovable por igual período a criterio del Ejecutivo, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo Nº 2 de la Ley Nº 10.342, según texto de las legislaciones vigentes en territorio bonaerense.
Los beneficios
De conformidad con lo establecido en el artículo Nº 6 de la Ley Nº 10.342, los recursos que se obtengan ingresarán a una cuenta especial con afectación a su distribución conforme las siguientes pautas: 60 por ciento para el Consejo Escolar del Partido, para la atención de infraestructura edilicia, material didáctico y equipamiento escolar de su jurisdicción; y además para gastos de funcionamiento del organismo. Del destino del fondo previsto en el presente inciso, se rendirá cuenta anualmente al Municipio; un 20 por ciento para la Asociación de Bomberos Voluntarios del Partido y el 20 por ciento para el mantenimiento de la red vial del Rancagua.
El canon se abonará tomando como base el valor de la soja pizarra Rosario sin descuento de ninguna índole, del último día hábil anterior para la venta de mayo de 2014, con fecha efectiva de pago el 15 de junio del mismo año.
Renovación
Asimismo se recuerda que mediante Decreto Nº 1672/13 se prorrogó por el término de un año la contratación efectuada con el Club Social, Deportivo y Cultural Juventud Obrera de Manuel Ocampo, según Concurso de Precios Nº 58/12, para la siembra y cosecha de soja en el ciclo agrícola 2013-2014 en banquinas de ruta Nº 32, desde el kilómetro 126,500 al 140,000 teniendo en cuenta que en este caso la superficie cultivable es de 40 hectáreas; con relación a esto el canon es el equivalente a 4,5 quintales de soja por hectárea.
De igual modo, mediante Decreto Nº 2214/13 se dispone la prórroga por el término de un año del contrato formalizado en expediente Nº 7.202-12, según decreto 2.319/ 12, con el Club Atlético El Socorro Social y Deportivo, adjudicatario del Concurso de Precios Nº 59/12 para la explotación agrícola-siembra y cosecha de soja en franjas adyacentes también a la ruta Nº 32 pero en este caso desde el kilómetro140,500 hasta el 155,00 con una superficie cultivable de 25 hectáreas, excluyendo la superficie reservada por las normas vigentes para las banquinas, por un canon de cuatro quintales de soja por hectárea.
Aeródromo
A su vez desde el área de Gobierno se comunicó que mediante Decreto Nº 2.167/13 se adjudica a la firma Agronort S.A., la Licitación Privada Nº 39/13, a los efectos de la explotación agrícola de las áreas libres (81 hectáreas, 44 áreas, 58 centiáreas) del Aeródromo Provincial de Pergamino por el importe equivalente al valor de 15,01 quintales de soja por hectárea, por resultar su oferta conveniente a los intereses del Municipio. En esta ocasión se presentaron dos ofertas, Agro Kallpa Servicios Agropecuarios y Agronort S.A., siendo ésta la adjudicataria del proceso licitatorio.
Los recursos que se obtengan ingresarán al rubro locación de bienes municipales y serán distribuidos conforme lo previsto en el convenio formalizado con el Ministerio de Gobierno, con fecha 9 de noviembre de 1977, del siguiente modo: 60 por ciento para la conservación del Aeródromo y 40 por ciento al fomento aeronáutico con el detalle del 25 por ciento para el Aero Club y el 15 por ciento para la Escuela de Paracaidismo.