domingo 24 de mayo de 2026

Condenan a reincidente por cuarta vez por el robo de una motocicleta frente a un gimnasio

La Justicia condenó en juicio abreviado a Matías Pololla por el robo agravado de una moto y lo declaró reincidente.

24 de mayo de 2026 - 12:16

El Tribunal Oral en lo Criminal de Pergamino homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Matías Alfonso Pololla a tres años y tres meses de prisión efectiva por el robo agravado de una motocicleta dejada en la vía pública. La investigación de la Fiscalía 2 reunió pruebas fílmicas, peritajes sobre la vestimenta y reconocimientos policiales que permitieron acreditar su autoría en el hecho ocurrido en diciembre de 2025.

Robo agravado en Pergamino

La sentencia fue dictada por la jueza Marcela Alejandra Santoro, quien validó el acuerdo alcanzado entre la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 2 y la Defensoría Oficial en el marco de un juicio abreviado. El imputado reconoció expresamente su participación en el delito y aceptó la pena consensuada con la parte acusadora.

El caso investigó el robo de una motocicleta Honda Wave 110 roja, dominio A172LZT, ocurrido el 10 de diciembre de 2025 frente al gimnasio GEO GYM, en calle Bolivia al 700 de Pergamino.

De acuerdo con la denuncia presentada por el propietario del rodado, Augusto Larrondo, el vehículo había quedado estacionado cerca de las 17:30 sobre la vereda, asegurado con traba volante y una linga metálica sujeta a un poste de alumbrado público.

Cámaras de seguridad

La secuencia del robo pudo reconstruirse mediante las filmaciones aportadas por una vecina de la zona. Las imágenes registraron al autor entre las 17:47 y las 17:49 mientras merodeaba el lugar, observaba los movimientos alrededor y finalmente violentaba las medidas de seguridad de la motocicleta.

En las grabaciones se observó a un sujeto de contextura delgada, con el rostro descubierto, vestido con una remera gris y bordó, bermudas de jean, una gorra oscura con una cruz verde y zapatillas azules con cordones naranja.

Luego de romper el traba volante y cortar la linga, el delincuente fue captado retirándose sentado sobre la motocicleta mientras la impulsaba con el pie en dirección al barrio José Hernández.

La investigación tomó impulso a partir del análisis efectuado por el sargento Gonzalo Lares, quien revisó las secuencias fílmicas y reconoció al sospechoso como Matías Alfonso Pololla, un sujeto con antecedentes penales conocidos en el ámbito judicial local.

Peritajes y reconocimiento

Días después del robo, el 15 de diciembre de 2025, efectivos policiales interceptaron a Pololla en la vía pública. Al momento de la aprehensión llevaba puestas las mismas zapatillas observadas en las imágenes de seguridad.

Los informes técnicos elaborados por personal del Ministerio Público Fiscal realizaron un cotejo entre el calzado secuestrado y las imágenes extraídas de las cámaras. Según concluyeron los peritos, existía coincidencia entre ambos elementos.

Además, se efectuó una comparación con fotografías oficiales obtenidas en la Oficina Técnica de Identificación Personal (OTIP), lo que reforzó la identificación del acusado como el autor del robo agravado de la motocicleta.

La propia jueza Santoro señaló en la resolución judicial que visualizó personalmente las filmaciones incorporadas a la causa y coincidió con el análisis policial y técnico respecto de la identidad del imputado.

Juicio abreviado acordado

La condena fue resuelta mediante el mecanismo de juicio abreviado, un procedimiento que evita la realización del debate oral y público cuando el imputado admite la autoría y acuerda la pena junto con la Fiscalía.

En este caso, el fiscal interviniente pactó con la Defensoría Oficial una pena de tres años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo bajo la calificación legal de robo agravado de vehículo dejado en la vía pública.

La Fiscalía también informó haber mantenido contacto con la víctima para comunicarle los alcances del acuerdo, tal como establece la Ley 15.232. Según consta en el expediente, el denunciante manifestó su conformidad con la resolución consensuada.

Uno de los aspectos destacados del acuerdo fue que la parte acusadora no solicitó agravantes adicionales pese a los antecedentes condenatorios que registraba el imputado. Esa circunstancia fue mencionada por la magistrada, quien explicó que no podía incorporar agravantes que no hubieran sido requeridos por la Fiscalía en el marco del convenio.

Cuarta reincidencia penal

La sentencia también declaró a Pololla reincidente por cuarta vez, en función de lo establecido por el artículo 50 del Código Penal.

La jueza tuvo en cuenta que el acusado ya registraba varias condenas previas de cumplimiento efectivo. Entre ellas figuraba una pena de un mes de prisión dictada el 10 de septiembre de 2024 en otra causa penal, oportunidad en la que ya había sido declarado reincidente por tercera vez.

El nuevo delito fue cometido antes de que vencieran los plazos legales de extinción de la reincidencia, por lo que correspondía aplicar nuevamente esa condición jurídica.

En términos prácticos, la declaración de cuarta reincidencia implica que la Justicia consideró acreditado que el acusado volvió a delinquir después de haber cumplido condenas anteriores de prisión efectiva, consolidando así un historial reiterado de delitos contra la propiedad.

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